Decreto sobre delegación de funciones en la Presidencia causa polémica

EFE

A través de su cuenta de Twitter, el exasambleísta Ramiro Aguilar cuestionó el Decreto 1066, en el que el presidente Lenín Moreno supuestamente delegaba al secretario general de la Presidencia la facultad nominadora que solo le corresponde al primer mandatario.

Según Aguilar, con el numeral 3 del artículo 2 del Decreto 1066, que señala que el Secretario General de la Presidencia “ejercerá la autoridad nominadora de la Presidencia”, se estaría vulnerando el artículo 147 de la Constitución, en el que se establece que esta es una facultad exclusiva del jefe de Estado, la cual es indelegable.

Juan Sebastián Roldán, quien fue nombrado por Aguilar como la persona que asumiría estas funciones, respondió ante estas aseveraciones de forma inmediata y aclaró que no se ha delegado ninguna función presidencial y que el decreto se refiere solo a la facultad de designar funcionarios dentro de la Presidencia de la República como institución, no en el Gobierno. Además, aclaró que actualmente no ejercer el cargo de Secretario General de la Presidencia, sino Secretario de Gabinete.

Con el Decreto 1066, Moreno restructuró la institucionalidad de la Presidencia, estableció cuatro secretarías: la General, la Jurídica, de Gabinete y de Comunicación.

Actualmente nadie ejerce el cargo de secretario General, la última persona que lo asumió fue José Agusto Briones, tras su salida se encargó las funciones a Johana Pesántez, secretaria Jurídica.

La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia rechazó comentarios «mal infundados» y aclaró: «Por mandato constitucional, las funciones del Primer Mandatario no son delegables».

Sin embargo el Decreto 1066 ha provocado un sinnúmero de reacciones en usuarios en redes sociales y actores políticos del país.

Varios usuarios y periodistas cuestionan la naturaleza y objetivo de la emisión de este Decreto un día antes del Mensaje del Presidente de la República, Lenín Moreno, a la Nación.