Excepción, restricción

EDITORIAL|

En condiciones normales, los habitantes de un país actúan sujetos a normas necesarias para el ordenamiento y la armonía social. Cuando sobrevienen estados de emergencia, los gobiernos se ven obligados a tomar medidas que restringen las libertades, pautas de conducta y organización de los ciudadanos, hasta que se retorne a la normalidad. Casos de emergencia como amenazas bélicas, enfrentamientos armados o desastres naturales tienen una duración relativamente corta hasta que se vuelva a la normalidad. En nuestro país, el gobierno puede declarar estados de excepción y tomar medidas que alteran el ordenamiento social común, las mismas que no son indefinidas y tienen límites de duración.

La emergencia provocada por la pandemia que afecta al mundo, ha hecho que se tome la decisión comentada. Ha terminado el tiempo permitido y a partir del lunes próximo se retorna formalmente a la normalidad, pero la emergencia continúa y no hay indicios razonablemente confiables sobre su duración. Esta situación no posibilita retornar a la normalidad plena, aunque legalmente haya finalizado el estado de excepción. Es indispensable que se mantengan una serie de restricciones para evitar la contaminación y, en buena medida, dependen de los gobiernos seccionales ya que los efectos no son iguales en todas las regiones del país.

Con justificada insistencia se ha llamado a que contribuya a impedir el deterioro de esta condición a la responsabilidad individual. En un país ideal, podría ocurrir que todos sus habitantes cumplan con este llamado, pero en la mayoría no ocurre lo que obliga que se mantengan normas restrictivas obligatorias con sanciones para quienes las incumplen. Los efectos de esta pandemia en los campos económico y de subsistencia son muy fuertes e impactan de distinta manera en todos los ciudadanos. Es imprescindible que aceptemos esta situación y que en casos extremos, que no son pocos, se robustezca la solidaridad como una norma moral que es muy difícil legalizarla.