La Asamblea remitirá a la Corte Constitucional el veto presidencial a la Ley del aborto por violación

El pleno de la Asamblea Nacional sesionó la tarde de este martes 5 de abril del 2022 y aprobó remitir la objeción parcial al proyecto de Ley de Interrupción del Embarazo por Violación a la Corte Constitucional.

Esto significa que será la Corte Constitucional la que se pronuncie sobre el veto del presidente Guillermo Lasso a la Ley del aborto por violación. Será institución la que decida si las observaciones del presidente se apegan a la sentencia y a la Constitución.

La moción propuesta por la asambleísta Johanna Moreira fue aprobada con 75 votos afirmativos, 49 negativos y 11 abstenciones.

La Comisión de Justicia de la Asamblea, que tramitó este proyecto de ley, se ratificó en todos los artículos aprobados y por consiguiente, no cabe la objeción presentada por el presidente de la República.

Antes de llegar a la sesión de este martes, la Comisión de Justicia resolvió recomendar al pleno de la Asamblea el envío a la Corte Constitucional (CC) del veto parcial presentado por el Ejecutivo a la Ley del aborto por violación.

Aunque dicho informe no es vinculante, en este se argumenta que el veto presidencial modifica de forma casi total la Ley aprobada por la Asamblea y además señala que se habrían cometido inconstitucionalidades, por lo que la objeción presidencial no debió ser enviada al Legislativo, sino directamente a la CC.

En el debate de hoy, la asambleísta Moreira recordó que la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de ley «incluye la posición personal del presidente». Por eso propuso que la documentación sea remitida a la Corte Constitucional «por ser la única instancia que resuelve problemas de inconstitucionalidad».

La legisladora azuaya Sofía Sánchez expresó que «el veto parcial del presidente no tiene nada de parcial» porque presenta 49 observaciones a los 63 artículos.

La asambleísta oficialista Ana Belén Cordero expuso su desacuerdo con la propuesta de enviar la objeción parcial a la Corte Constitucional, «porque tal disposición no consta en la Ley de Garantías Constitucionales ni en la Ley de la Función Legislativa».

Al aceptar el informe de la Comisión de Justicia, se suspenderá el plazo de 30 días que la ley otorga para que el Legislativo se pronuncie sobre un veto presidencial y se deberá esperar el pronunciamiento de la CC, institución que en primera instancia le ordenó a los legisladores y a la Defensoría del Pueblo que elaboren la norma. (I)