Asamblea aprueba el proyecto que deroga gran parte de la Ley Humanitaria

Políticos con empresas vinculadas a la mafia albanesa
En pleno de la Asamblea se descalificó la información de la Superintendencia de Compañías donde consta la lista de políticos que son socios de empresas vinculadas con la mafia albanesa. Foto Archivo

El Pleno de la Asamblea Nacional aprobó este jueves 16 de junio de 2022, con 109 votos afirmativos y 18 abstenciones, el proyecto de reformas que deroga casi en su totalidad de la Ley de Apoyo Humanitario, vigente desde junio de 2020 en medio de la pandemia del coronavirus.

El proyecto deroga parcialmente la Ley de Apoyo Humanitario e incorpora artículos al Código Monetario y Financiero, Ley de Servicio Público, Ley para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo y Estabilidad y Equilibrio Fiscal; y, al Código de Trabajo.

En cuanto al Código del Trabajo, se incluye una disposición transitoria que determina que todas aquellas personas que hayan sido contratadas bajo un contrato emergente, creado con la Ley Humanitaria, y que hayan superado los 90 días del período de prueba, pasarán a tener un contrato indefinido.

Mientras que, entre las reformas al Código Monetario, se establecen los acuerdos entre clientes y las entidades del sistema financiero nacional para reprogramar, refinanciar y suspender el cobro de cuotas impagas generado por cualquier tipo de obligación crediticia adquirida desde el 16 de marzo de 2020 hasta diciembre del 2021.

Además, se añaden disposiciones respecto de la reprogramación de pago de cuotas de seguros, y por obligaciones con entidades; y, la condonación de intereses de mora para los actuales deudores con entidades del sistema financiero público o privado.

En las reformas a la Ley para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal, la comisión incorpora normas para aquellos contribuyentes que solicitaron la facilidad de pago con remisión e incumplieron con una o más cuotas establecidas.

Dicha falta de pago no se podrá considerar como incumplida, debiéndose activar de oficio la facilidad para pagar, permitiendo al contribuyente cubrir el total del capital adeudado hasta diciembre de 2023.