Mantener al menos 2 metros de distancia es obligatorio

Filas ordenadas, espacio adecuado entre personas y uso de mascarilla es parte del “distanciamiento”.

Ordenanza establece filas ordenadas para adquisición de insumos, bienes y prestación de servicios durante la emergencia sanitaria.

La disposición del “distanciamiento social” abarca normativas y una nueva forma de convivencia para prevenir contagios del COVID-19, durante la reanudación de ciertas actividades. Entre las principales medidas está el mantener al menos dos metros de distancia entre personas y el uso obligatorio de mascarilla, entre otros protocolos de desinfección.

Según la ordenanza vigente para Cuenca sobre medidas de bioseguridad sanitaria, la movilidad de todas las personas residentes o transeúntes -en la jurisdicción cantonal-, fuera de su domicilio se realizará de forma obligatoria con mascarillas o elementos de protección facial que cubran principalmente la nariz y boca.

Cuando la movilidad se realizare dentro de un vehículo, todos los ocupantes del mismo deberán utilizar los elementos antes indicados.

En el caso de infringir la multa equivale al 25 % del Salario Básico Unificado (SBU), es decir 100 dólares. Si hay reincidencia se impondrá el doble de la multa.

Otras de las acciones que regula la ordenanza son las filas para la adquisición de insumos, bienes y prestación de servicios con la finalidad de transformar los patrones sociales para la provisión de toda clase de insumos o desarrollar actividades relacionadas con servicios públicos o privados se realizarán ordenadamente, haciendo filas, en donde entre cada persona existirá una distancia no menor a dos metros (2 m.) entre cada una.

Los ciudadanos que incumplan con las medidas serán sancionados con un monto equivalente al 25 % de un SBU.

Según la ordenanza sobre las medidas de bioseguridad sanitaria está prohibida la venta de mascarillas y productos de bioseguridad en el espacio público.

La Guardia Ciudadana, con el apoyo de la Policía Nacional y la EMOV EP; y, en el caso de las parroquias rurales con los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales y las Tenencias Políticas, realizarán el control para evitar la venta o distribución gratuita por parte de comerciantes autónomos de estos productos en el espacio público.

El incumplimiento a las disposiciones dará lugar al decomiso de los productos y se pondrá a los infractores a órdenes de la autoridad competente. (I)