El formulario de proyección de gastos personales tiene cambios para este 2022

Womens hand using calculator

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó el formulario único para proyección de gastos personales del año 2022.

La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, creó una rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales (sustentados en comprobantes de venta) para personas naturales, aplicable antes de imputar créditos tributarios a los que haya lugar de conformidad con la Ley.

Esta temática fue abordada por Jhenny Muñoz, ingeniera Contador Público Auditor, quien explicó que el formulario debe ser presentado por los trabajadores en relación de dependencia, sin importar el tiempo que esté vinculado a sus funciones. “La entrega a los empleadores será dentro del mes de enero”, señaló.

Según explica la página oficial del SRI, para obtener el formulario, los contribuyentes deben ingresar a www.sri.gob.ec, sección Información sobre impuestos / ¿Cómo declaro mis impuestos? / Formulario y guías / Gastos Personales.

El formulario de la proyección de gastos personales es una visión de cuánto se gastaría durante todo el año, en cuanto a alimentación, vestimenta, vivienda, pensiones alimenticias, turismo, salud y educación (arte y cultura). “Es recomendable que las personas que ganen más de mil dólares, en relación de dependencia a una empresa, lo entreguen. Su cálculo es importante tanto para la empresa como para el empleado, para conocer si existiría una retención por el Impuesto a la Renta”, explicó Muñoz.

Hasta el año anterior, en la proyección de gastos personales se sumaban los ingresos y se colocaba la proyección de gastos. Muñoz, indicó que con la nueva reforma se incorporó la rebaja. “Para este cálculo se toman en cuenta los ingresos, comisiones, décimos y las utilidades proyectadas del trabajador. La suma de estos montos se descuenta con los gastos personales”, indicó.

Existen empresas que están ayudando a sus trabajadores para llenar el formulario de proyección de gastos personales. En cambio, a otras empresas se les dificulta por el alto número de colaboradores. Sin embargo, el formulario del SRI calcula de forma automática los valores al colocar la información correspondiente. Existen de igual manera, personas que prefieren solicitar ayuda a contadores.

Esquema de rebaja

En este 2022, el nuevo esquema de rebaja de gastos personales está estructurado de la siguiente manera:

a) Cálculo del Ingreso Bruto: Se calcularán los ingresos brutos anuales, para lo cual se sumarán todas las remuneraciones, comisiones o bonificaciones, incluidos los décimos y fondos de reserva.

b) Monto máximo de rebaja del Impuesto a la Renta causado por gastos personales:

1. Si los ingresos brutos anuales del contribuyente (incluidos los ingresos exentos) no superan 2,13 fracciones básicas desgravadas (Año 2022: USD 24.090,30), aplicará la siguiente fórmula:

Rebaja = 20% del valor menor entre los gastos personales o el valor de 7 canastas familiares básicas* (hasta USD 1.007,51).

2. Si los ingresos brutos anuales del contribuyente (incluidos los ingresos exentos) superan 2,13 fracciones básicas desgravadas (Año 2022: USD 24.090,30), aplicará la siguiente fórmula:

Rebaja = 10% del valor menor entre los gastos personales o el valor de 7 canastas familiares básicas* (hasta USD 503.76).

Muñoz, sostuvo que cuando el trabajador considere que su proyección de gastos personales es diferente a la originalmente presentada, podrá entregar una nueva a su empleador en el mes de agosto del ejercicio fiscal 2022.

De igual manera, la fracción básica desgravada del Impuesto a la Renta para el período fiscal 2022 es de USD 11.310,00, y serán deducibles los gastos realizados dentro del país, los cuales tienen que estar debidamente sustentandos por comprobantes de venta.

Datos importantes

-Los gastos personales se pueden deducir siempre y cuando no hayan sido objeto de reembolso de cualquier forma.

-Los comprobantes de venta que respalda el gasto, podrán estar a nombre del contribuyente de o de sus padres, conyugue o pareja en unión de hecho e hijos del sujeto pasivo o de su conyugue.

– Las pensiones alimenticias fijadas en acta de mediación o resolución judicial podrán ser consideradas como gastos personales en cualquiera gasto personal.

– Cuando lleva a cabo la rebaja, el contribuyente deberá presentar obligatoriamente el anexo de los gastos personales como establezca SRI.

Gastos personales

Los gastos personales a considerarse son:

Salud

-Honorarios de médicos y profesionales de la salud

-Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios

-Medicamentos

-Prótesis, insumos médicos

-El deducible no reembolsado de la liquidación del seguro privado

-Gastos por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas debidamente calificadas o identificados

Alimentación

-Alimentos de consumo humano

-Alimentos preparados

Vivienda

-Arriendo, pago de alícuotas de condominio, y/o expensas comunes de mantenimiento.

-Intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción,

-Impuestos prediales

Educación

-Matrícula y pensión en todos los niveles del sistema educativo inicial, educación general básica, bachillerato y superior, entre otros

-Útiles y textos escolares; materiales didácticos utilizados en la educación y libros.

-Servicios de educación especial para personas discapacitadas

-Servicios prestados por centros de cuidado y/o desarrollo infantil

-Uniformes

-Artes plásticas visuales y aplicadas

-Los de educación realizados por cualquier dependiente suyo, incluso mayor de edad que no percibe ingresos y que depende económicamente del contribuyente

Vestimenta

-Cualquier tipo de prendas de vestir

Turismo

– Alojamiento turístico en todas sus modalidades

-Transporte de pasajeros, incluye transporte aéreo, marítimo, fluvial, terrestre y alquiler de vehículos contratados utilizados para turismo interno

-Operación turística, -Servicios de alimentos y bebidas no alcohólicas en las actividades económicas. (JRU) (I)