ANT limita la circulación en motocicletas a una sola persona; hay excepciones

Cuenca.- La circulación de dos personas en motocicleta se limita a una sola persona, salvo excepciones a nivel nacional, esto luego de que hoy el Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó el “Reglamento que norma la capacidad permitida de personas que se transportan en motocicletas dentro del territorio nacional”.

Una vez publicado el Reglamento en el Registro Oficial, solo una persona podrá circular en motocicleta, a excepción del traslado de:

Cónyuge o conviviente en unión de hecho

Hijos o hermanos

Personas con discapacidad

Adultos mayores

Mujeres

Menores de 12 años

El objetivo de esta resolución es tener mayor control sobre la capacidad permitida de personas que se movilizan en este tipo de vehículos, ante los hechos delictivos que se registran en el país.

Según un informe de la Policía Nacional, en el primer trimestre de este año, en promedio se cometen tres robos al día a bordo de motos, solo en Quito. Mientras que en Guayaquil, el 60% de los delitos se cometen en motocicletas.

El Ministro de Transporte Obras Públicas, Marcelo Cabrera, comunicó que la medida ha sido coordinada con el Ministerio de Gobierno y la Presidencia de la República con el objetivo de establecer operativos conjuntos que brinden seguridad íntegral a la ciudadanía.

El director ejecutivo de la ANT, Adrián Castro, acotó que se facultará a los Municipios, Mancomunidades o Consorcios para que establezcan reglas complementarias, siempre que garanticen la seguridad de los ciudadanos y sus medidas se sustenten en informes técnicos, estadísticos y en el análisis de su realidad local.

Por su parte, los entes de control operativo de tránsito y seguridad vial a nivel nacional intensificarán los operativos para hacer cumplir esta resolución y también para verificar la validez y vigencia de la licencia de conducir, pues más de 85.000 licencias fueron anuladas por la ANT por haber sido obtenidas fraudulentamente. (I)