El uso progresivo de la fuerza tendrá seis niveles

La fuerza que emplee un militar, policía o guía penitenciario tendrá seis niveles. Foto archivo

La fuerza que emplee un militar, policía o guía penitenciario tendrá seis niveles, que se elevarán de acuerdo con el grado de riesgo o de peligro que enfrenten y que inicia con la sola presencia, pasa a la verbalización, asciende al control físico, para a las técnicas defensivas menos letales y llegará al nivel máximo con la fuerza potencial e intencionalmente letal.

Esto consta en la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, que especifica que el uso legítimo de la fuerza seguirá siendo una respuesta excepcional, es decir que, los uniformados podrán emplearla como una última opción, priorizando los medios no violentos como la negociación y la verbalización.

En cuanto a la actuación de las Fuerzas Armadas en el mantenimiento del orden público, la seguridad ciudadana y en centros de privación de libertad, solo se la permitirá en el marco de la declaratoria de un estado de excepción.

El uso de armas de fuego con munición letal o de impacto cinético (balas de goma) solo estará permitido ante la amenaza de muerte o lesiones graves; evitar la ejecución de un delito; evitar la fuga de una persona que represente una amenaza o que oponga resistencia a la autoridad.

El proyecto pasará al presidente Guillermo Lasso, que tiene 30 días para modificar la ley, mediante un veto parcial; aprobarla y ordenar su promulgación directamente en el Registro Oficial; o vetarla totalmente.

Polémica

De último momento, el bloque de Pachakutik retiró el apoyo ofrecido a la Ley y se abstuvo de votar para su aprobación, Salvador Quishpe dijo que la decisión la tomaron ante la negativa de modificar los tres artículos en los que se analiza la acción de policías y militares en el marco de la protesta social, por lo cual ahora preparan un proyecto de ley reformatorio.

Se debía sacar este tema y evitar que la fuerza pública pueda castigar a las mujeres, a los jóvenes, a los estudiantes, a los trabajadores, a los indígenas en una manifestación social”, afirmó Quishpe visiblemente molesto, pues el correísmo le había garantizado los votos en contra de la aprobación de la Ley que ha final no los dieron.

Sin embargo, el asambleísta Ramiro Narváez (ID), ponente de la norma, recalcó que en los artículos que Pachakutik solicitó que se eliminen se puntualiza que los policías y militares solo pueden usar la fuerza en casos en que se atente contra la vida de alguien o cuando exista violencia generalizada; sin embargo, por ninguna razón podrá usar armas de fuego.

También queda prohibido el uso de animales adiestrados para el restablecimiento del orden público y de protesta social, si esto implica afectar su bienestar, por lo que solo se los podrá emplear en la etapa de presencia.

Capacitación a los uniformados

En primer lugar, la Ley establece que los uniformados deberán ser capacitados sobre el tipo de armamento que pueden emplear para que hagan un uso diferenciado y proporcional de la fuerza; además, se los deberá dotar de los equipos de protección y armas necesarias.

Si un uniformado debe enfrentar un proceso legal por la aplicación del uso de la fuerza en cumplimiento de su deber, el Estado le proporcionará un abogado institucional y de la Defensoría Pública hasta la finalización del proceso, independientemente de si sigue perteneciendo a la institución.

El asambleísta del oficialismo, Juan Fernando Flores, resaltó además que los uniformados procesados se defenderán en libertad, no serán detenidos hasta que se emita la sentencia, en caso de que sea declarado culpable.

“No se volverá a ver procesos en los que lamentablemente el policía actuaba en defensa de la ciudadanía y posteriormente terminaba procesado. Ahora van a tener todo el respaldo del Estado ecuatoriano para salir adelante”, explicó el legislador. (ASM)-(I)