
El Concejo Cantonal aprobó ayer en segundo y definitivo debate la Ordenanza de Control de la Contaminación Ambiental Originada por la Emisión de Ruido, en respuesta al exceso de bulla proveniente de fuentes fijas y móviles.
La normativa establece regulaciones y sanciones para mitigar la contaminación acústica en el cantón Cuenca.
En este contexto, incluye disposiciones sobre alarmas, perifoneo, pirotecnia, motocicletas, discotecas, karaokes y bares, entre otros.
Carlos Orellana, director de la Comisión de Gestión Ambiental del Municipio, explicó que la ordenanza establece límites de ruido según el tipo de zona (residencial, comercial, industrial) y horario, en concordancia con la legislación ambiental nacional.
“En zonas comerciales o industriales, los límites de decibeles son más permisivos. En áreas residenciales hay restricciones. Antes, no se regulaba los casos de vecinos con música, pero la nueva ordenanza fija normas tanto para propietarios como arrendatarios”, indicó.
Según la norma nacional, los límites son: 55 decibeles durante el día y 45 decibeles por la noche en zonas residenciales, máximo 60 decibeles en áreas comerciales y 70 decibeles en zonas industriales.
Esto a pesar de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que no sobrepase los 65 decibeles.
Uso de altoparlantes
El uso de los altoparlantes fijos en iglesias, capillas, canchas deportivas o casas comunales en áreas rurales estará limitado a los horarios de 06:00 a 07:00 y de 18:00 a 20:00, con máximo cinco minutos para difundir información. No se permite utilizarlos para reproducir música.
Fuera de estos horarios, su uso estará prohibido, salvo en casos de emergencia.
Para altoparlantes móviles, como los utilizados en campañas de salud, el horario autorizado será de 08:00 a 17:00.
Perifoneo
Los vehículos que realizan perifoneo, como los utilizados para la venta de gas, deberán ajustarse a nuevas regulaciones. Tendrán un plazo de seis meses para implementar una aplicación móvil en reemplazo de parlantes y música.
Los vehículos con modificaciones que generen ruido excesivo serán sancionados con multas de entre el 10 % de una Remuneración Básica Unificada (RBU) hasta el retiro del vehículo, dependiendo de la gravedad de la infracción.
«Los vehículos, incluidas motocicletas, que tras superar la revisión técnica vehicular incorporen elementos sonoros que generen molestias a la ciudadanía estarán sujetos a regulación. La sanción puede incluir el retiro del vehículo hasta que este cumpla con las condiciones necesarias para evitar la contaminación acústica». Carlos Orellana, director de la CGA.
Pirotecnia
Las restricciones en el uso de pirotecnia priorizan elementos lumínicos sobre los sonoros para mantener la tradición sin afectar la tranquilidad ciudadana.
Los juegos pirotécnicos no podrán activarse antes de las 06:00 ni después de las 24:00.
Sitios de diversión
Los karaokes, bares y discotecas tendrán 90 días para cumplir con requisitos de insonorización. En caso de incumplimiento, se puede retirar sus permisos de funcionamiento.
En materia de prevención, se exigirá a las actividades generadoras de ruido la elaboración de planes preventivos de acción para minimizar sus impactos acústicos.
El operador tiene la obligación de presentar un Plan Preventivo de Contaminación Acústica requerido por la CGA en el término de 10 días contados desde la respectiva notificación.
Multas y sanciones
La ordenanza incluye:
- Multa económica.
- Retención de equipos y demás instrumentos utilizados para cometer la infracción.
- Suspensión temporal de la actividad.
- Revocatoria del permisos.
Estas sanciones se aplicarán acorde a la gravedad de la infracción.
Las actividades que superen los límites de ruido establecidos serán sancionadas con multas de entre el 10 % y el 50 % de una Remuneración Básica Unificada (RBU). En casos graves, las sanciones podrían alcanzar entre una y cinco RBU, además de requerir un plan de acción correctivo.
El uso inadecuado de los dispositivos de alarmas será sancionado con una multa del 10 % de una RBU.
Carlos Orellana, director de la CGA, señaló que las medidas buscan proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos, quienes han reportado problemas como estrés, insomnio, irritabilidad y pérdida de concentración debido al ruido excesivo.
Tras la aprobación de la normativa, se implementará una campaña educativa para fomentar el cumplimiento voluntario.
Orellana agregó que esta ordenanza permitirá a la Comisión de Gestión Ambiental aplicar sanciones inmediatas y garantizar el respeto por los límites establecidos.
Responsabilidad
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuenca y la Empresa Municipal de Movilidad (EMOV EP) serán las entidades responsables de velar por el cumplimiento de la normativa.
El alcalde Cristian Zamora solicitó la emisión de los documentos correspondientes para remitir la ordenanza al Registro Oficial en Quito, con el objetivo de que entre en vigencia cuanto antes.
Durante el proceso de elaboración de la norma, los concejales participaron en talleres y mesas de trabajo.
“Tras cinco sesiones del Concejo Cantonal, finalmente se entregó y aprobó esta actualización normativa, con el propósito de mejorar la convivencia ciudadana y garantizar un ambiente más tranquilo y saludable para los habitantes de Cuenca”, indicó Zamora.
6
meses plazo tienen los propietarios de los vehículos que comercializan cilindros de gas para desarrollar una aplicación móvil en reemplazo de parlantes y música.
90
días es el tiempo otorgado a dueños de karaokes, bares y discotecas para cumplir con los requisitos de insonorización. En caso de incumplimiento pueden perder sus permisos de funcionamiento.
DATOS
- La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que el nivel de ruido no supere los 65 decibeles, ya que puede ser dañino a partir de los 75 y doloroso a partir de los 120.
- La CGA se encarga de las fuentes fijas emisoras de ruido, mientras que la EMOV EP regula y sanciona la contaminación por ruido de fuentes móviles.
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