¿Cuál es la multa para quienes no acudieron a votar?

Las personas que no acudieron a votar en el proceso electoral del 9 de febrero de 2025, deberán cancelar una multa económica, tal como lo estipula el Código de la Democracia.

Solo quienes presenten y sustenten las justificaciones de fuerza mayor podrán evitar esta sanción.

Esta multa se debe a que el voto es obligatorio para los ecuatorianos entre 18 y 65 años. El voto facultativo, es decir, opcional, se acredita a los adultos mayores, las personas de más de 16 años, personas que vivan en el exterior, los y las integrantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, las personas con discapacidad y las personas analfabetas.

No cumplir con esta obligación es una infracción electoral que se sanciona con una multa del 10 % de un salario básico inificado (SBU), es decir, 47 dólares.

Por otra parte, los miembros de las juntas receptoras del voto que no asistieron serán multados con un 15 % del SUB, es decir, 70.5 dólares.

Según datos del Consejo Nacional Electoral (CNE), en estas elecciones en el país se registró un ausentismo superior a los 2 millones de electores. Es decir, que hubo una participación del 82.27 % en estos comicios.

Cómo justificar si no votó

Entre las justificaciones aceptadas constan:

  • Quienes no pueden votar por mandato legal.
  • Quienes no pudieren votar por motivo de salud o por impedimento físico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
  • Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el día de las elecciones o hastaocho días antes.
  • Quienes, en el día de las elecciones, se ausenten o lleguen al país, así como aquellos que seencuentren fuera del territorio nacional.

Además, el Consejo Nacional Elector habilitó un certificado de votación provicional a las personas que no pudieron sufragar.

Para conseguir el certificado, debe ingresar en la página del CNE en la opción servicio en línea, crear un usuario y una contraseña, y con esto podrá obtenerlo para realizar trámites en instituciones públicas y privadas.

Para esto, el usuario no deberá tener multas que correspondan a procesos electorales anteriores regristrados en el CNE. (I)

Fabian Campoverde

Periodista multimedia y creador de contenidos digitales con una maestría en Comunicación Estratégica Digital. Especializado en temas de seguridad, cultura, crítica teatral y música. Escribe sobre viajes, arqueología e historia.

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