
Ecuador activa medidas urgentes en escuelas ante el brote de tosferina: mascarillas obligatorias, vacunación y control sanitario en cuatro provincias.
El Ministerio de Educación, en conjunto con el Ministerio de Salud Pública (MSP), establece la aplicación obligatoria de medidas preventivas en instituciones educativas para enfrentar la alerta epidemiológica por fiebre amarilla y tos ferina.
Estas acciones priorizan la protección de estudiantes, docentes, personal educativo, personas con discapacidad y quienes tienen escolaridad inconclusa.
Uso obligatorio de mascarilla en cuatro provincias
Desde el 5 de mayo de 2025, durante un período de 60 días, las instituciones educativas de Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Guayas deberán exigir el uso obligatorio de mascarillas dentro de sus instalaciones.
Esta disposición busca prevenir contagios y mantener entornos escolares seguros.
Brigadas médicas ingresan a escuelas y colegios
El Ministerio de Educación autorizó el ingreso de brigadas médicas escolares para realizar vacunación y atención preventiva.
Cada estudiante deberá contar con una autorización firmada por su madre, padre o representante legal.
Instituciones amazónicas y fronterizas deben habilitar espacios
En las provincias amazónicas y zonas fronterizas, las escuelas deben habilitar espacios adecuados para facilitar las jornadas de vacunación.
Esta medida se enmarca en la estrategia nacional de inmunización MINEDUC-MSP, y también requiere autorización escrita por parte de los representantes legales.
Ministerio exige reportar casos sospechosos o confirmados
Si una institución educativa detecta un caso sospechoso o confirmado de fiebre amarilla o tosferina en estudiantes, docentes o personal, debe reportarlo de inmediato a la Sala Nacional de Monitoreo del Ministerio de Educación.
La persona afectada debe cumplir cuarentena obligatoria según las recomendaciones del MSP.
Campaña de vacunación incluye tétano, difteria, fiebre amarilla y tosferina
El Gobierno promueve la campaña nacional de vacunación contra enfermedades como el tétano, la difteria, la fiebre amarilla (en zonas amazónicas y fronterizas) y la tosferina (en provincias priorizadas).
Las instituciones deben apoyar activamente esta campaña.
Escuelas deben coordinar fumigaciones y reportar avances
Cada institución tiene la responsabilidad de coordinar con autoridades locales las fumigaciones necesarias para prevenir la proliferación de vectores.
Además, deben reportar avances y dificultades a la Dirección Nacional de Gestión de Riesgos, que brindará seguimiento y apoyo técnico en coordinación con el MSP.
Disposiciones aplican a todas las instituciones educativas
Estas medidas obligatorias rigen para escuelas y colegios públicos, privados, fiscomisionales y municipales.
El Gobierno reitera que proteger la salud en las aulas es una tarea conjunta entre el Estado, las familias y las comunidades educativas.