La despenalización del aborto en casos de violación ha atravesado un laberinto institucional en Ecuador con la participación de los tres poderes del Estado y causado la frustración de las organizaciones feministas, que hace un año celebraban la histórica sentencia de la Corte Constitucional y ahora lamentan la ley resultante que está a punto de entrar en vigor.
El fallo, emitido el 28 de abril de 2021, despenalizaba el aborto para casos de violación, pero a la vez ordenaba a la Asamblea Nacional (Parlamento) y al Gobierno elaborar una ley que lo regulase, con un resultado muy alejado de las expectativas y avances que esperaban las organizaciones feministas.
La norma, que será promulgada en pocos días, contiene las modificaciones introducidas por el presidente Guillermo Lasso, de tendencia conservadora y católica, quien impuso un veto parcial al texto aprobado por la Asamblea, con variaciones en 61 de sus 63 artículos.
«Simbólicamente, el aborto está despenalizado, operativamente no sé», manifestó este jueves a Efe la directora de la Fundación Desafío, Virginia Gómez De la Torre, cuya organización fue una de las instituciones que presentó la demanda que derivó en la sentencia de la Corte Constitucional.
«El veto parcial del presidente cumplió una especie de premonición que teníamos las mujeres en relación a que era un riesgo que se elaborase una ley ya que era probable que planteasen en ella obstáculos (al acceso al aborto)», indicó Gómez de la Torre, para quien este aniversario tiene «un sabor agridulce, más agrio que dulce».
«No pensamos en que el presidente sería capaz de cambiar el objeto de protección de la ley y permitir nuevamente criminalizar a las mujeres, con un espíritu de obstaculizar el acceso al derecho a no vivir una maternidad que no se quiere, producto de un crimen como es una violación», agregó.
PLAZOS Y REQUISITOS
Entre los cambios impuestos por Lasso está la unificación del plazo para la interrupción del embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación, sin la excepción de 18 semanas que había contemplada inicialmente para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.
También estableció una serie de requisitos como presentar una denuncia, una declaración jurada o un examen médico que acredite la violación, y desarrolló la objeción de conciencia para que los médicos puedan negarse a practicarlo si va en contra de sus convicciones.
En su argumentación, Lasso, que había anticipado que acataría la sentencia de la Corte pese a que su convicción es respetar la vida desde la concepción hasta la muerte, consideró que el aborto por violación es una excepción y no un derecho.
Asimismo, a las organizaciones feministas les preocupa que el presidente plantee la figura del infanticidio, que no está incluido como delito específico en el código penal, y abra la posibilidad a denunciar a la gestante que requiere emergencia obstétrica, en la que no puede determinarse si ella se ha causado un aborto.
«El escenario es sombrío y desesperanzador, porque una vez más vemos que no ha cambiado la posición conservadora de desprecio a las mujeres», aseguró la directa de la Fundación Desafío.
CON SELLO PARTICULAR
Otro punto preocupante para Gómez De la Torre es que, en su texto, Lasso deje la aplicación de esta política pública a expensas de que haya presupuesto y que incluya en la norma su «posición personal», algo que calificó de «violencia estatal».
«Es un excelente ejemplo de cómo un presidente violenta a las mujeres desde su posición de poder. Ha violentado a 5 millones de ecuatorianas en edad reproductiva. Es una demostración de un poder patriarcal y machista que va en contra de la Constitución y de la misma sentencia, porque lo que ha puesto en el veto es inconstitucional», afirmó Gómez De la Torre.
Si bien los cambios introducidos por Lasso podían haber sido revertidos por la Asamblea si lograba reunir los dos tercios de la cámara (92 votos) para ratificarse en el texto inicial, el Legislativo dejó pasar el plazo y ahora la ley entrará en vigor con la versión del jefe de Estado.
PRIMEROS ABORTOS PRACTICADOS
Desde que salió la sentencia de la Corte Constitucional hay al menos 25 mujeres que solicitaron interrumpir sus embarazos producto de violación, y hasta ahora 19 lo consiguieron y 4 desistieron, según datos del Ministerio de Salud Pública, aunque en tres casos el personal de salud se negó inicialmente a practicar el aborto.
Entre las solicitudes realizadas en la segunda mitad de 2021, doce eran niñas entre 10 y 14 años, tres adolescentes de entre 15 y 19 años, tres de mujeres entre 20 y 29 años y dos de más de 30 años.
«Mientras la ley esté, tendremos que ver cómo trabajamos para que las mujeres puedan acceder al aborto por violación, pero ya anunciamos que esta ley no va a estar vigente mucho tiempo, porque vamos a luchar para que cambie y responda realmente al espíritu de la sentencia», anticipó Gómez De la Torre.
Es cuestión de días que, cuando salga promulgada la ley, organizaciones como la Fundación Desafío presenten ante la Corte Constitucional demandas de inconstitucionalidad y de incumplimiento para proseguir este sinuoso laberinto institucional hasta conseguir una norma más avanzada y satisfactoria. EFE