Nada de golpe de Estado. En realidad, lo que se está haciendo es una golpiza al Estado. Seamos sensatos. Cuidado y nos acercamos a Venezuela entrando a un proceso electoral así.
De manera burda se ha dicho “remover” por parte de tres jueces de cinco, a quien ostentaba el cargo de presidente del Tribunal Contencioso Electoral. Error de bulto.
La Ley Electoral, norma especial en la materia, no permite la remoción del presidente del Tribunal Contencioso, pues es una Corte de Justicia en materia electoral y no un mero órgano administrativo al que se puede aplicar normas de la gestión pública administrativa. Este, es un órgano de justicia electoral. Aquí rige el artículo 220 de la Constitución y 65 del Código de la Democracia que expresamente señalan que la elección del titular del Tribunal es para un periodo de 3 años, no menos, no más, tampoco puede ser removido. Es Derecho Público, y en Derecho Público, exclusivamente se hace lo permitido, todo lo demás se entiende prohibido. Repitamos. En Derecho Público, exclusivamente se hace lo permitido, todo lo demás se entiende prohibido.
Han dicho -los tres jueces de plenos poderes removedores- que sesionan por su propia voluntad y mayoría. Mal. El único que puede convocar a sesiones del Pleno del Tribunal conforme al Reglamento de Sesiones, es el Presidente. Tamaño error en el que han ingresado y que podría -previa investigación de Fiscalía- traer responsabilidad penal de simulación o usurpación de funciones.
Endosar a los ecuatorianos el conflicto entre el Presidente y la Vicepresidenta de la República, no es correcto. Aclaremos. La demanda que presenta la Vicepresidenta en contra del Ejecutivo ante el Tribunal Electoral y dice buscar destitución, no cabe. Está equivocada. La Constitución señala en el artículo 145 las causales de cesación del Presidente, ninguna es la pretendida demanda. No habrá destitución. Además, en primera instancia conoce un juez y luego el Pleno del Tribunal integrado por 5 jueces. No es un escritorio de un único juez el que resuelve.
Serenidad. Cualquiera puede pedir que le vendan la catedral de Cuenca, otra cosa es que tenga razón y coherencia jurídica y un juez le otorgue en sentencia. Seamos serios. (O)