El Tribunal de Garantías Penales de Azuay declaró responsable del delito de concusión al agente de tránsito Danny Joel Z., y lo sentenció a dos años de privación de libertad. Además, el pago de 200 dólares como reparación integral a las víctimas.
El hecho investigado por la Fiscalía ocurrió la mañana del 19 de octubre de 2018, en el sector Chaquilcay, de la vía Cuenca-Gualaceo.
El ahora sentenciado laboraba como uniformado de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) y participaba en un control de tránsito, luego de revisar el camión en el que viajaban dos ciudadanos les dijo que las llantas estaban en mal estado y que iba a emitir una boleta de citación por la contravención. También, según los investigadores, exageró al informarles la sanción que debía recibir el conductor.
En ese mismo momento el agente les mencionó que podía ayudarles si le entregaban 80 dólares, por lo que les dejó que se vayan hasta un cajero para retirar el dinero. Los dos ciudadanos regresaron con 30 dólares, sin embargo, el agente les dijo que no es suficiente.
Ante esto, las víctimas decidieron ir a la Fiscalía Cantonal de Gualaceo y denunciar el hecho. Regresaron a Chaquilcay y entregaron los 80 dólares al sentenciado, lo cual fue presenciado por agentes de la Policía, quienes lo detuvieron en delito flagrante, así lo detalla un informe de la Fiscalía.
Una pericia de audio y video realizada a las imágenes grabadas por el celular de una de las víctimas. También se incluyó una pericia de cotejamiento de voz, que demostró que la misma pertenece al sentenciado.
COIP
El artículo 281 de Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En este caso se aplicaron atenuantes. (KOQ)-(I)