En las elecciones generales del 7 de febrero de 2021 se aplicarán por primera vez las reformas a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas o Código de la Democracia, que aprobó la Asamblea Nacional en diciembre de 2019.
Entre los cambios que se hicieron están aumentar la representación de mujeres hasta llegar a un 50% para candidaturas uni y pluripersonales; y aplicar una nueva regulación para el gasto público en comunicación y publicidad.
Asimismo se prohíbe las donaciones anónimas a las organizaciones políticas y se dispone que los grupos políticos devuelvan el dinero que reciben del Estado para la campaña cuando no alcancen determinado número de votos.
También se implementó el método de Webster para la asignación de escaños y la votación por listas cerradas, y se determinó la bancarización de aportes y registro de los mismos en la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
– Nuevas reglas con las que se aplicará la justicia electoral
Se logró establecer que la Asamblea Nacional abra un espacio para que sea el TCE el que reglamente y regule todas las actividades de un proceso de justicia electoral. En ese trabajo estamos, puedo garantizarles que la etapa en la que nos encontramos en cuanto al reglamento ya es la final y ojalá la próxima semana ya podamos publicar en el Registro Oficial las nuevas reglas con las que se aplicará la justicia electoral…
– Cambio del método de asignación de escaños y votación por listas cerradas
Los resultados los veremos seguramente al día siguiente de las elecciones, en 10 días después de las elecciones cuando se proclamen los resultados y se asignen las posiciones a cada una de las organizaciones políticas, pero también se ha conseguido eliminar el voto entre listas…
– El voto en plancha
Hemos determinado en la ley que se vote en plancha y ese voto en plancha va a mostrar una realidad posterior que es importante dimencionarla desde ahora, se dice que el haber conseguido que las mujeres encabecen las listas de cada una de las dignidades de elección popular va a dar un buen resultado, es cierto que va a dar un buen resultado, pero creo que el mayor impacto en la representación de las mujeres va a estar en el voto en plancha…
– ¿Por qué?
Si en una jurisdicción se eligen 20 asambleístas y se votaba cruzado, la posibilidad de quien encabece la lista si bien era buena, la necesidad de hacer los conteos y las verificaciones de votos entre listas a más del tiempo involucraba que el orden de quienes participaban no sea el reflejo de los escaños que se asignaban. Con la votación en plancha ya sea que encabecen o no las mujeres si una organización política de 20 candidaturas en juego lograba 10, en los porcentajes de conformación de la asamblea decían que siete eran hombre y tres mujeres, más o menos ese es el promedio… Con la representación a través del voto en plancha, si esa organización política logra 10, cinco son hombres y cinco son mujeres, por la paridad, por la alternabilidad y por la secuencialidad…
– Elección de los candidatos
Si esta vez las candidaturas no provienen de manera seria, de procesos organizados, previos, definidos, claros, transparentes, con sus propios adherentes, militantes y afiliados, las organizaciones políticas no podrán tener candidatos… Sino vienen de procesos de democracia interna no van a poder inscribirse las candidaturas…
– Los muertos en el padrón electoral
Durante décadas se ha hablado que en el Ecuador los muertos votan… Les quiero hacer una sola reflexión, si revisan la página web del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) se establece que en Ecuador mueren mensualmente 6.000 personas, si el padrón se cierra en agosto, significa que el día de la elección (7 de febrero) van a haber 42.000 muertos en el padrón… Eso lo que afecta es a un índice estadístico de ausentismo electoral nada más, esa clase de realidades es la que deben ir entendiendo…
– El padrón pasivo
Hay que darle la verdadera dimensión al padrón pasivo, es una necesidad, y es una necesidad que parte de realidades… Consiste en el registro de ciudadanos que no han ejercido su derecho al voto en los cuatro últimos procesos, no es que de la noche a la mañana usted va a dejar de estar en el padrón electoral, no es así… Si una persona que no votó por ejemplo desde 2014 y el día de la elección quiere votar tiene que acercarse con su identificación y decir que va a votar y le harán votar…
– Devolución de dinero entregado para la campaña electoral
La norma lo que establece es que si un candidato, por ejemplo un candidato a alcalde de Cuenca no ganó estas elecciones y se vuelve a presentar para la misma dignidad en una segunda oportunidad y pierde está obligado a devolver el 50% de lo que recibió para promoción electoral…
– Responsables del manejo económico
Una pregunta básica, quién acepta ser responsable del manejo económico de una campaña, si usted es buen amigo del candidato a lo mejor lo hace por amistad, pero sino es así, usted lo acepta porque le ofrecieron una remuneración o porque usted tiene la expectativa de que si el candidato gana mejore su condición laboral… Pero deben conocer las personas que las consecuencias de aceptar ser responsable de un manejo económico, en caso de no presentar las cuentas de campaña, son graves… Con la ley anterior era multa de uno a 10 salarios mínimo vitales y suspensión de los derechos de participación por un año… La reforma ahora no le deja solo al responsable del manejo económico, ahora les involucran al jefe de campaña, al representante legal de la organización política y al candidato… La multa ahora es de 20 a 70 salarios mínimos vitales…