Un operativo de diálogo con los dueños de locales comerciales realizó ayer el director zonal 6 del Servicio de Rentas Internas (SRI), José Luis Vázquez, para analizar el asunto de la devolución del Impuesto a la Renta (IR).
Las personas naturales que tuvieron ingresos superiores a 11.310 dólares en 2019 deben presentar la declaración del IR hasta el próximo año.
La Administración Tributaria explicó que los gastos de educación, arte y cultura; alimentación; vestimenta; vivienda y salud son deducibles para la declaración del IR.
Los contribuyentes pueden deducirse hasta 3.675,75 dólares por cada rubro señalado a excepción del rubro de salud, que puede llegar hasta los 14.703 dólares.
La deducción total de los gastos personales no puede sobrepasar los 14.703 dólares.
Gastos
En el caso de enfermedades raras, catastróficas o huérfanas el monto límite de deducción para los gastos de salud es de 22.620 dólares. En este sentido, la deducción total de los gastos personales no puede sobrepasar los 22.620 dólares.
José Luis Vázquez, director zonal 6 del SRI, señaló que, de acuerdo con la nueva Resolución, los contribuyentes cuyo noveno dígito de la cédula o Registro Único de Contribuyentes (RUC) termina en uno tienen plazo de presentar la declaración hasta el 11 de marzo, los del dígito dos hasta el 13 de marzo, los del dígito tres y cuatro hasta el 19 de marzo, los del dígito cinco y seis hasta el 25 de marzo, los del dígito siete y ocho hasta el 27 de marzo y los del dígito nueve y cero hasta el 31 de marzo. (REM)-(I)