A través de su cuenta de Twitter, el exasambleísta Ramiro Aguilar cuestionó el Decreto 1066, en el que el presidente Lenín Moreno supuestamente delegaba al secretario general de la Presidencia la facultad nominadora que solo le corresponde al primer mandatario.
https://twitter.com/ramiroaguilart/status/1264315158245126145
Según Aguilar, con el numeral 3 del artículo 2 del Decreto 1066, que señala que el Secretario General de la Presidencia “ejercerá la autoridad nominadora de la Presidencia”, se estaría vulnerando el artículo 147 de la Constitución, en el que se establece que esta es una facultad exclusiva del jefe de Estado, la cual es indelegable.
El Decreto otorga a Secretario representación legal y autoridad nominadora de la presidencia, sobre personal y funcionarios de esa entidad. No ejerce autoridad nominadora del presidente. ¿Se entiende la diferencia entre "presidente" y "presidencia"?
— Diego Ordóñez🇪🇨 (@diegoordonezg) May 23, 2020
Juan Sebastián Roldán, quien fue nombrado por Aguilar como la persona que asumiría estas funciones, respondió ante estas aseveraciones de forma inmediata y aclaró que no se ha delegado ninguna función presidencial y que el decreto se refiere solo a la facultad de designar funcionarios dentro de la Presidencia de la República como institución, no en el Gobierno. Además, aclaró que actualmente no ejercer el cargo de Secretario General de la Presidencia, sino Secretario de Gabinete.
Lo que dice @diegoordonezg es lo correcto. No se delega ninguna función del Presidente sino de la Institución Presidencia. Por cierto, por la confusión que veo en algunos mensajes, yo soy Secretario Ganeral de Gabinete, no soy Secretario General de la Presidencia. https://t.co/QALVjb57wM
— Juan Sebastián Roldán (@juanseroldan) May 23, 2020
Con el Decreto 1066, Moreno restructuró la institucionalidad de la Presidencia, estableció cuatro secretarías: la General, la Jurídica, de Gabinete y de Comunicación.
Actualmente nadie ejerce el cargo de secretario General, la última persona que lo asumió fue José Agusto Briones, tras su salida se encargó las funciones a Johana Pesántez, secretaria Jurídica.
La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia rechazó comentarios «mal infundados» y aclaró: «Por mandato constitucional, las funciones del Primer Mandatario no son delegables».
COMUNICADO OFICIAL |
El Gobierno Nacional rechaza los comentarios infundados y malintencionados en torno a la emisión del Decreto Ejecutivo N° 1066, que buscan confundir a la ciudadanía. Por mandato constitucional, las funciones del Primer Mandatario no son delegables. pic.twitter.com/3YkUd8MhBW— Comunicación Ecuador 🇪🇨 (@ComunicacionEc) May 24, 2020
Sin embargo el Decreto 1066 ha provocado un sinnúmero de reacciones en usuarios en redes sociales y actores políticos del país.
Lenín Moreno vía decreto ejecutivo delegó al torerito taurópata teletubbie Juan Sebastian Roldán todas sus funciones
O sea, ¿no tenemos presidente o qué?
Bueno, desde el 24 de mayo del 2017 no lo tenemos; pero, ahora es oficial
🤣😋😎
— Marco Navas (@MarcoAnibal) May 23, 2020
¿Que anuncio anticipado nos está haciendo @Lenin con este decreto?
Empiezan las apuestas! Hay funciones que son indelegables, decreto se contrapone al Art.147CRMi hipótesis: 24 de Mayo pide licencia y con ese decreto, le limita a @ottosonnenh con Roldán para cubrir su salida https://t.co/qehHAyKqa4
— Virgilio Hernández E (@virgiliohernand) May 23, 2020
#Atención♦️ @Lenin Moreno entrega a la Secretaría General el Ejercicio de la Representación Legal de la Presidencia y de Autoridad Nominadora de la Presidencia pic.twitter.com/xHQfUe9Rd9
— Fundación Mil Hojas (@fmilhojas) May 23, 2020
Precisiones necesarias:
-Decreto 1066 define atribuciones ADMINISTRATIVAS del Secretario General de la Presidencia
-No le faculta designar ministros (atribución indelegable del Presidente)
-El cargo está vacante. No lo ejerce Juan Sebastián Roldán, quien es Secretario de Gabinete pic.twitter.com/gk5dcZ92Tg— Fabricio Vela (@fabriciovelav) May 23, 2020
Varios usuarios y periodistas cuestionan la naturaleza y objetivo de la emisión de este Decreto un día antes del Mensaje del Presidente de la República, Lenín Moreno, a la Nación.
Sin ser jurista/constitucionalista/política, no puedo hacer 1correcta interpretación. Pero como periodista y ciudadana: Cual era la necesidad de ese decreto un día antes del Mensaje a La nación ? Con qué objetivo El Presidente, La Presidencia, El Secretario Roldán hacen esto? https://t.co/QauaXa187c
— Tania Tinoco (@tinocotania) May 23, 2020