Pablo Celi, contralor General del Estado, aprobó y envió a la Fiscalía dos informes con indicios de responsabilidad penal (IRP), derivados del examen especial a los procesos de adquisición de bienes, servicios, dispositivos e insumos médicos, en el Gobierno Autónomo Provincial del Guayas.
Auditoría indica que existe una diferencia no justificada de USD 404.820 en la compra.
El primer informe comprende el análisis de la compra de 70 mil mascarillas KN-95 y 5 mil pruebas rápidas COVID-19, por USD 585.500.
El equipo de control comparó la contratación con otras publicadas en el Portal de Compras Públicas en las que se requirieron bienes similares.
Dentro de este contexto, la Prefectura del Guayas canceló USD 6.71 por cada unidad de mascarilla y USD 23.16 por cada prueba rápida, mientras el equipo de control determinó que los mismos insumos tienen un valor de USD 3 y USD 11.20, respectivamente.
El informe arroja que el costo total no debió superar los USD 210.000, por lo que existe una diferencia de USD 319.500 con los valores del mercado que se traduce en un incremento porcentual del 123 %.
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Los funcionarios del gobierno autónomo no dieron una explicación del por qué no se buscó a otros proveedores, receptando y habilitando la contratación de una empresa que no garantizó los mejores costos y calidad para la institución.
Tampoco se respetaron las disposiciones de la Ley Orgánica de Contratación Pública aplicables a situaciones de emergencia. En cuanto a los kits alimenticios se estableció que existe una diferencia de USD 0.94 en comparación a los costos de comercios mayoristas de los 8 productos que componen las canastas.
La variación resulta en una diferencia de USD 47.000 entre el precio del contrato y el análisis de la auditoría. Además se estableció que el contratista aplicó el IVA a todos los productos de la canasta aunque solo uno grava el impuesto.
La diferencia entre los valores verificados y los de la contratación totalizan USD 85.320 por 50 000 kits de alimentos, lo que equivale a un 23,55 % de incremento en términos porcentuales.
Asimismo a la fecha de suscripción del contrato, el proveedor no estaba registrado en el Servicio de Rentas Internas para brindar el servicio requerido, aspecto que no fue tomado en cuenta por los servidores ni autoridades de la Prefectura. (I)