Hasta el 23 se deben hacer elecciones internas

Hasta el próximo domingo los partidos y movimientos políticos deberán cumplir sus procesos internos para escoger a los candidatos para las elecciones generales de febrero de 2021.

En estos comicios se elegirá al nuevo Presidente y Vicepresidente del Ecuador, asambleístas nacionales y provinciales, y además a los representantes al Parlamento Andino.

Esta vez la selección interna de los postulantes tendrá una particularidad debido a la emergencia sanitaria por la Covid-19, pues esta prohíbe la concentración de personas para evitar la propagación del virus.

De acuerdo con el Consejo Nacional Electoral (CNE), la elección interna podrá hacerse a través de medios electrónicos y con la vigilancia del organismo electoral para garantizar la transparencia.

Marcelo Cordero, investigador en procesos electorales, explicó que las agrupaciones políticas tienen tres opciones para escoger a sus representantes, quienes se someterán a votación popular.

Estas constan en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas o conocida como Código de la Democracia. Pueden ser abiertas, cerradas o representativas.

Las primeras se hacen con voto universal, libre, igual, voluntario, directo, secreto y escrutado públicamente, con la intervención de los afiliados o adherentes y de los sufragantes no afiliados.

En las cerradas en cambio se aplica un voto libre, igual, voluntario, directo, secreto y escrutado públicamente, de los afiliados o adherentes permanentes.


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Finalmente, si se opta por las representativas estas se deben desarrollar a través de órganos internos, conforme lo disponga el estatuto o el régimen orgánico de cada agrupación política.

Lorena Siavichay, del colectivo Mujeres Unidas, recordó que la normativa electoral vigente en el país establece que se deben considerar los principios de paridad en la participación de hombres y mujeres.

El encabezamiento de listas pluripersonales del 15% está garantizado por la ley electoral, asimismo la inclusión del 25% de jóvenes en las listas pluripersonales, de acuerdo con las últimas reformas electorales”, dijo.

La norma electoral establece que la solicitud de asistencia técnica y de supervisión puede presentarse al CNE o a las delegaciones electorales, con 10 días de anticipación.

A decir de Siavichay, “veremos qué movimientos políticos efectivamente hacen verdaderos procesos de elecciones internas para escoger a los mejores prospectos, a quienes efectivamente estén preparados…”, afirmó.

LOS PRONÓSTICOS

Roberto Naranjo, economista y consultor, informó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó dos normas legales recientemente. Una es el Reglamento para la Inscripción y Calificación de Candidaturas.

Y otra es el Reglamento sobre Personas Naturales o Jurídicas que hacen Pronósticos Electorales. Esta está dirigida para las personas o empresas que dan servicios de encuestas y sondeos.

Esta normativa establece que, para ejercer esta actividad, deberán inscribirse y registrarse previamente en el CNE y tendrán que sujetarse a las normas que este expida.

El incumplimiento de la inscripción impedirá su participación en el proceso electoral, así como la publicación o difusión de los resultados de las encuestas en los medios de comunicación social.

Christian Sánchez Mendieta

Licenciado en Comunicación Social con una maestría en Marketing Digital y Comercio Electrónico. Becario en Abraham Lincoln por la Embajada de USA en Ecuador. Investiga temas de migración y periodista de temas políticos, electorales y sociales.

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