¿Qué significa suspender el estado de excepción?

El Gobierno ecuatoriano suspenderá desde mediados del próximo mes de septiembre, a raíz de una decisión de la Corte Constitucional, el estado de excepción por la pandemia de la COVID-19, que renovaba bimensual o mensualmente desde marzo.

«La Corte Constitucional dictaminó que el actual estado de excepción será el último», informó este miércoles la ministra de Gobierno, María Paula Romo, en un mensaje por redes sociales.

Se trata del estado jurídico en el que entró el país el pasado 16 de marzo, poco después de que la OMS declarase el coronavirus como pandemia, que permitió al Gobierno suspender ciertas libertades, como las de movimiento y reunión para tratar de controlar una enfermedad que supera hoy los 100.00 contagios.



En su dictamen, los jueces indicaron que «tras haber realizado varios exhortos a las autoridades nacionales y sectoriales para transitar paulatinamente a un régimen ordinario apto para enfrentar la COVID-19, transcurrido este periodo de 30 días de renovación del estado de excepción la Corte Constitucional no admitirá una nueva declaratoria sobre los mismos hechos».

La última vez que se renovó esta condición fue el pasado 14 de agosto, y lo hizo por 30 días adicionales, por lo que a mediados de septiembre el Ejecutivo ecuatoriano perderá sus facultades para adoptar decisiones que afecten las libertades ciudadanas.

Romo explicó que a partir de entonces el Gobierno deberá recurrir a otro tipo de medidas para poder implementar sus decisiones en el contexto de la lucha contra el coronavirus, cuyo primer caso fue reportado en el país el 29 de febrero.


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Hasta el martes la cifra de casos de COVID-19 en Ecuador se elevaba a 109.030, mientras que los fallecidos oficiales sumaban 6.368, y los probables por la enfermedad 3.696, conforme al boletín diario que emite el Ministerio de Salud Pública.

Tras 85 días de confinamiento absoluto al inicio de la pandemia, el Gobierno ha ido reabriendo las actividades comerciales y administrativas desde finales de mayo, aunque mantiene un toque de queda nocturno, restricciones de aforo, suspensión parcial de actividades que impliquen aglomeraciones, entre otras medidas.

Por el momento se desconoce cómo afectará el fallo judicial del órgano constitucional a las restricciones vigentes hasta la actualidad. EFE

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