Pese a haber encontrado varias inconsistencias en el pedido de Consulta Popular realizado por el Consejo Cantonal de Cuenca para prohibir la gran y mediana minería en cinco zonas de recarga hídrica, la Corte Constitucional (CC) decidió dar paso a la realización de este proceso, al declarar la constitucionalidad de las preguntas planteadas.
En su dictamen, la Corte acepta el pedido porque “no existe una prohibición constitucional que impida la realización de consultas populares en temas relacionados con la actividad minera”; que en este caso se centra en áreas que le competen a los Gobierno Autónomos Descentralizados (GADS), que es el cuidado de los recursos hídricos; se delimita correctamente el territorio en que se ejecutará; y, se deja claro la institución que se encargará de la ejecución de consulta, si llega a ganar el sí.
Pedro Palacios, alcalde de Cuenca, calificó al hecho “como la noticia más importante de esta semana”, precisando que la posibilidad de pronunciarse sobre este tema era la aspiración de la mayoría de cuencanos.
“Un anhelo que ha sido durante tantos años de una gran mayoría, por no decir de todos los cuencanos, que se nos permita, a través de una consulta popular, determinar la precautelación de estas fuentes de agua, de las zonas de recarga hídrica, realmente es un gusto”, dijo Palacios, quien además invitó a los habitantes de Cuenca a pronunciarse con su voto sobre el cuidado al agua.
Observaciones
Sin embargo, la Corte también hizo observaciones al texto presentado por el alcalde Palacios el pasado 8 de septiembre.
Por ejemplo, señala la falta de pruebas y la inducción a votar Sí en afirmaciones que señalan que por la actividad minera se adelantará la escasez del agua y deja entrever que la minería es una actividad nociva para un modelo ambientalmente equilibrado.
“Inducen al elector a una respuesta y no emplean un lenguaje valorativamente neutro al condicionar que para hacer efectivo el régimen de desarrollo establecido en la Constitución, se hace imprescindible evitar todas las actividades destructivas y nocivas en fuentes de agua, zonas de recarga de agua, etc. De igual forma, estos considerandos contienen aseveraciones de carácter general y superfluas que no brindan claridad y lealtad al elector”, señala el fallo que establece que estas afirmaciones no podrán ser incluidas en la consulta.
Además, se resalta que los mapas que delimitan la zona en la que se aplicará la Consulta Popular elaborados por la empresa ETAPA EP, solo pueden ser tomados como una referencia, pues en el acta de sesión extraordinaria que se adjunta al petitorio el Concejo Cantonal de Cuenca advirtió que hasta la actualidad la Autoridad Única del Agua no ha cumplido con su deber de delimitar las zonas hidrográficas.
Sobre estas observaciones también se basa el voto dirimente de las juezas Carmen Corral y Teresa Nuques, quienes además observaron que el pedido implica una reforma a la Constitución, lo cual no puede pasar directamente a consulta popular, sino que amerita un proceso previo en la Asamblea Nacional, pues se pregunta sobre el manejo de los recursos naturales, lo cual es potestad del Gobierno central y no de un GAD.
Reacciones
Para Andrés Icaza, representante de la Cámara de Minería del Ecuador, la resolución de la CC tiene un lado positivo, pues, según su interpretación, se establece que si el pueblo cuencano vota por el Sí, la prohibición regirá en lo posterior, por lo que se respetarán las concesiones entregadas.
Sin embargo, advierte sobre las acciones legales que derivarían de la decisión tomada, pues, una vez más, la seguridad jurídica del país estaría en riesgo.
“Nos sorprende y tenemos desazón que una Corte de tantos kilates, que ha sido tan estricta en las consultas, ahora dé paso a una consulta con contenido que induce al error y que pone mapas como referencia, lo cual podría cambiar al gusto de las autoridades cantonales. Esperamos que estén conscientes del daño económico que le van a causar al país, no solo porque ahuyentarán la inversión, sino porque en Cuenca tenemos al menos 30 concesiones que ya fueron entregadas y ahora no podrán entrar en etapa de explotación, muchas están protegidas por tratados bilaterales de inversiones, los juicios contra el país son inminentes”, aseguró Icaza. (ASM)-(I).