El 18 de septiembre, la Corte Constitucional emitió el dictamen favorable para las cinco preguntas que planteó el Gobierno Autónomo Descentralizado de Cuenca para que la población del cantón decida, a través de una consulta popular, si acepta o no que haya minería metálica en cinco zonas de recarga hídrica: río Tarqui, río Tomebamba, río Machángara, río Yanuncay y río Norcay.
La decisión, si bien ha sido considerada histórica, contiene algunos considerandos que deben ser tomados en cuenta.
En primera instancia, con las preguntas que se relacionan con los ríos Yanuncay, Tomebamba, Machángara y Tarqui, se pretende que no se da paso a la minería de gran escala.
Mientras que, en el río Norcay, con la consulta se busca que no se conceda permisos para la realización de la minería metálica a mediana escala. ¿Qué pasará si se solicita otro tipo explotación? Las autoridades competentes serán quienes decidan si aprueba o no.
En la Ley de Minería, para la metálica, se estableció cuatro tipos de explotación: la artesanal, la pequeña, la minería a mediana escala y a gran escala. Y en el caso puntual de la solicitud del cabildo de Cuenca, solo se contemplan las dos últimas.
Para Andrés Martínez, especialista en Derecho Constitucional, la decisión de solo incluir un tipo de explotación está relacionada con los fallos anteriores de la Corte vinculados con las solicitudes que hizo el prefecto del Azuay, Yaku Pérez, a quien se le negó dos veces la posibilidad de llevar a cabo una consulta popular para prohibir toda clase de minería metálica.
“Cuando no dieron paso, la Corte dijo que se tiene que referir solo a un tipo de pregunta. Es por un tema técnico jurídico. Es un formalismo”, explicó Martínez.
Pero para Andrés, además de tener en cuenta las preguntas, no debe haber un descuido en dos temas trascendentales: el tiempo y el espacio.
Lo venidero
El dictamen favorable a las cinco preguntas para la consulta popular se dio bajo cuatro condiciones, y entre estas está: que los efectos de la consulta, en caso de que gane el sí, serán únicamente hacia el futuro.
¿Qué sucederán con las concesiones que ya están inscritas?
Hasta finales de junio, según el catastro minero, en el cantón Cuenca había 22 concesiones mineras metálicas inscritas, entre estas, los dos proyectos mineros Río Blanco y Loma Larga que, junto a Fruta del Norte y Mirador, han sido considerados como los más emblemáticos del país.
No obstante, el proyecto Río Blanco, que se encuentra en Molleturo, fue suspendido en el 2018 por un juez que falló en favor al argumento de las comunidades: que no se había respetado el derecho a la consulta previa. Desde entonces, las actividades mineras legales no se han realizado.
Por su parte, el proyecto Loma Larga, que se emplaza en Quimsacocha, continúa en su fase exploración avanzada, y de hecho, INV Metals, la compañía encargada de los trabajos, emitió un comunicado el 21 de septiembre, en el que aseguraban que la decisión de la Corte Constitucional solo podrá ser aplicada en los derechos mineros que todavía no se han concedido, mas no es retroactiva con los que ya se han otorgado.
Ante ello, INV Metals dijo que están trabajando con el Ministerio del Ambiente y Agua, y con el ministerio de Energía y Recursos No renovables para revisar el estudio de impacto ambiental. Es decir, el proyecto continuará.
Para Cristian Zamora, concejal y presidente de la Comisión Ambiental, hay ambigüedades tras la decisión de la Corte Constitucional.
“Obviamente cada quien va a querer interpretar de acuerdo a lo que le convenga. Las mineras dirán que las concesiones están dadas y que no hay cómo tocarles. Mi reflexión es que hay que revisar la pregunta que hace referencia a la prohibición de la minería metálica a gran escala. Y yo me pregunto si alguna de esas concesiones está en explotación”, dijo Zamora.
El concejal agregó que esperan que el Consejo Nacional Electoral disponga que se realice la consulta popular, en la primera vuelta de las elecciones presidenciales, en febrero de 2021.
Por su lado, hasta el momento, el CNE no ha informado si ha recibido formalmente la decisión de la Corte Constitucional.
Delimitación de zonas
Otra de las condiciones que estableció la Corte Constitucional para aprobar las preguntas que conformarán la consulta popular, es que como anexo se deberá incluir el mapa de coordenadas de las zonas de recarga hídrica, el cual ya fue elaborado por ETAPA y fue presentado a la Corte.
No obstante, la delimitación definitiva deberá ser realizada por la Autoridad Única del Agua, si es que el “sí” gana. Es decir, el mapa en donde se encuentran las zonas de recarga hídrica puede cambiar si es que las entidades correspondientes así lo disponen.
“Si bien es cierto que el espacio se adjuntará en la consulta como referencial, al final del día, y en el supuesto caso de que gane el sí, tendrá que elaborarse un mapa definitivo”, explicó Andrés Martínez. (I)