Así será la circulación de vehículos desde el 22 de diciembre; no se requieren salvoconductos

La restricción vehicular por horarios y placas, dispuesta en el estado de excepción emitido por el presidente Lenín Moreno, entra en vigencia este martes 22 de diciembre. La circulación queda de la siguiente manera:

Vehículos particulares:

  • Impares circulan: lunes, miércoles y viernes.
  • Pares circulan martes, jueves y sábado.
  • Domingo 27 de diciembre, circula placa impar.
  • Domingo 03 de enero 2021, circula placa par.

Estas medidas de restricción no aplican para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a los sectores de:

  • Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
  •  Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
  •  Sectores Estratégicos.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Sector Exportador y toda su cadena logística.
  • Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
  • Provisión de alimentos, incluido transporte y comercialización.
  • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
  • Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
  • Trabajadores de los medios de comunicación.
  • Sector Financiero.
  • Servicio consular acreditado en el país.
  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
  • Actividades relacionadas al sector financiero bancario.
  •  Funcionarios del Consejo Nacional Electoral

Ellos solo deberán presentar su cédula o carnet del trabajo.

Nuevos horarios en el transporte público

El toque de queda obliga a modificar el horario del servicio de transporte público. La Cámara de Transporte Urbano de Cuenca informó que, mientras dure esta medida,  el último turno que cumplirán las diferentes líneas desde el punto de salida será entre las 19:30 y 19:40. El servicio finalizará aproximadamente a las 20:30.

Luego, las unidades serán desinfectadas. En el caso del tranvía, la circulación de los vagones será de 05:50 a 20:30.

El transporte público comercial (taxis, transporte mixto, interparroquial, carga liviana) circulará todos los días hasta las 22:00.

El servicio de delivery y mensajería circulará todos los días hasta las 22:00.

Salvoconductos

Inicialmente, el presidente del COE Nacional, Juan Zapata, informó que los salvoconductos que emitan los gobiernos locales serán válidos. Y que este documento será necesario para las personas que no pertenezcan a los sectores mencionados anteriormente y que requieran desplazarse de forma obligatoria.

Pero el martes 22 de diciembre, una nueva resolución del COE anuló esa disposición. Zapata aclaró que los salvoconductos ya no serán necesarios. Los documentos habilitantes son: RUC, RISE, Guías de Remisión y Credencial.

El miércoles 23, la EMOV informó que se acoge a esa disposición y no emitirá salvocondutos. Además:

  • Los salvoconductos anteriores emitidos por el gobierno son válidos.
  • En caso de emergencia médica, los agentes de tránsito acompañarán a las personas que requieran movilizarse.
  • Quienes tengan revisión técnica vehicular deben presentar su turno impreso para poder movililzarse.
  • Los abogados, funcionarios judiciales y de notarías tienen libre movilidad al presentar su carnet.

Información actualizada a las 08:45 del miércoles 23 de diciembre tras la nueva resolución del COE Nacional.

 

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.

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