El COE Nacional ordenó nuevos protocolos para el transporte aéreo de pasajeros.

El aeropuerto de Guayaquil, José Joaquín de Olmedo. El Mercurio

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional dispuso, este domingo, nuevos requisitos y protocolos para el transporte aéreo de pasajeros que regirán durante el estado de excepción decretado por el gobierno desde el 21 de diciembre, y que se extenderá por 15 días.

Todo pasajero que arribe al Ecuador desde el extranjero debe presentar de forma obligatoria el resultado negativo de prueba PCR, la misma que debe haberse realizado dentro de los diez días previos al embarque para el viaje a Ecuador.  Con la presentación de la prueba PCR negativa no se requerirá aislamiento obligatorio.

El COE también dispuso que el Ministerio de Salud realizará de forma aleatoria la prueba rápida de antígeno a los pasajeros en vuelos internacionales de arribo, y será tomada en los aeropuertos internacionales de entrada.

En el caso excepcional de que un pasajero no cumpla con las disposiciones de embarcarse con una prueba PCR negativa se le aplicará la prueba rápida de antígeno, y si es positiva el pasajero entrará en aislamiento obligatorio por diez días.

Los residentes en el Ecuador lo harán en la dirección que declaren a su ingreso; y, en el caso de los pasajeros que no residen en el Ecuador y no tuvieren una dirección para declarar efectuarán el aislamiento en cualquiera de los hospedajes regulados por los ministerios de Turismo y de Gobierno. Los costos de alojamiento, alimentación y transporte serán cubiertos por cada pasajero.

En el caso de tener un resultado negativo de la prueba rápida deberán realizar el aislamiento obligatorio por cinco días, siempre que no presenten sintomatología. Los pasajeros menores de catorce años y tripulación de los aviones están exentos de realizarse la prueba.

En el caso de que un pasajero a su llegada al Ecuador presente síntomas relacionados con Covid 19 (temperatura elevada, tos, malestar general, pérdida del olfato, pérdida del gusto, etc.), independientemente del resultado de la prueba PCR y de la prueba rápida de antígeno, será evaluado por el personal de salud en el aeropuerto.  Los pasajeros deberán llenar y firmar, previo a su desembarque, la Declaratoria de Salud del Pasajero.

Todo pasajero al arribo en los aeropuertos pasará por un sensor térmico que permitirá identificar temperaturas superiores a 37.5°C.

Para salir del país, el Gobierno no solicita ningún tipo de requisito o prueba para Covid sin embargo, el pasajero debe informarse respecto de los requisitos para el ingreso al país de destino.  No existe ningún requisito para viajar en vuelos nacionales, con excepción de los viajes turísticos a las islas Galápagos.

Para viajar a las islas, deberá presentar el resultado negativo de una prueba PCR, tomada dentro de las 96 horas previas al ingreso a las islas, acompañada de un salvoconducto emitido por el operador turístico o el hotel en Galápagos. (SCC)-(I)