El Consejo Nacional Electoral –CNE-, una vez que se completen los escrutinios anuncia para este fin de semana promulgar los resultados electorales de la primera vuelta.
Esto allanará el camino para que los candidatos, en caso no estar conformes, impugnen los resultados, llegando, incluso, de creerlo necesario, a la instancia superior como es el Tribunal Contencioso Electoral.
Eso lo determina el Código de la Democracia, que es la norma jurídica que deben acatar las autoridades electorales y quienes intervinieron en las elecciones efectuadas el 7 de febrero de 2021.
La cerrada pugna por pasar a la segunda vuelta entre dos aspirantes a la Presidencia de la República ha causado discrepancias que podrían derivar en el caos. Estas pudieron evitarse con un oportuno asesoramiento jurídico a los miembros del CNE, aunque se supone que sí conocen la ley.
Presionados por denuncias de supuesto fraude y por la estrecha diferencia de votos entre esos dos candidatos, el CNE, quiéralo o no aceptar, avaló un acuerdo verbal al que llegaron tales candidatos. Estos tampoco midieron las consecuencias, sobre todo aquel que cree que le “robaron” votos, de no ceñirse a lo que dispone el Código de la Democracia en caso de inconformidad.
De allí que el Pleno del CNE, dándose cuenta del craso error no viabilizó tal acuerdo, que buscaba la revisión del 100 % de actas en Guayas y del 50 % en otras 16 provincias.
Esta posición ha profundizado la exasperación del denunciante, cuyos partidarios se movilizaron a Quito para presionar por el reconteo voto a voto. Están en su legítimo derecho de reclamar, siempre y cuando prime la madurez política y el apego a la ley, aun si sus reclamos, finalmente no satisfagan sus aspiraciones de llegar al poder, lo que también vale para el oponente.
Esperar la promulgación de los resultados; y luego hacer valer sus derechos para, dentro del marco de la ley, exigir que se atiendan sus reclamos e impugnaciones, es lo que tiene que primar, y es lo que el CNE tiene que garantizar con total transparencia. (O)