El plazo para que los empresarios paguen a sus trabajadores el porcentaje que les corresponde por las utilidades generadas durante el 2020 venció ayer, según lo establece el calendario del Ministerio del Trabajo.
Sin embargo, los empleadores sí cuentan con un plazo extendido para registrar en el Ministerio este pago, si el noveno dígito del RUC es del 1 al 5 tienen hasta el 11 de junio del 2021, y si el número va del 6 al 0 puede hacerlo hasta el 9 de julio del año en curso.
¿Qué pasa si no le pagan las utilidades pese a que la empresa sí tuvo ganancias? En primer lugar, se debe colocar una denuncia en el Ministerio del Trabajo. Además, según lo establece el Acuerdo Ministerial 303, la multa a las empresas inicia en 3 y puede llegar hasta 20 Salarios Básicos Unificados, es decir 8.000 dólares, que depende de la capacidad de la compañía.
Las empresas también son multadas si no registran el pago a los trabajadores en el Ministerio del Trabajo, en este caso se aplica una tabla, las microempresas pagan 50 dólares, la pequeña 75 dólares, la mediana 150 dólares y las grandes 200 dólares. (ASM)-(I)