El Colegio de Arquitectos de Azuay (CAA) solicitó públicamente que se suspenda la publicación o promulgación de la Ordenanza de Control para el Suelo Urbano, Suelo Rural y Suelo Rural de Expansión Urbana de Cuenca.
Este pedido se sustenta en una serie de observaciones que ha hecho a esta normativa legal, aprobada el pasado 23 de abril, este gremio de profesionales de la arquitectura, que lo preside Marcelo Fernando Astudillo.
De acuerdo con esta organización, las medidas generales de planificación integral del territorio se deben tomar por medio del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS).
El Concejo Cantonal de Cuenca tiene pendiente de aprobación estos dos cuerpos legales, que determinan los lineamientos para que haya un crecimiento urbano ordenado de la ciudad.
“… consideramos imprescindible que previo a la estructuración de una ordenanza de control debía ser establecido, estructurado y determinado el PDOT y el PUGS…”, consta en un oficio que remitió el CAA con fecha 29 de junio de 2021.
También figura: “respecto a la planificación, entiéndase PDOT y PUGS, las cosas no han marchado con eficiencia, situación que, del segundo instrumento señalado, hasta donde es de nuestro conocimiento aún no ingresa para conocimiento”.
Sanciones
La nueva ordenanza que aprobó el concejo establece multas incluso de hasta 40.000 dólares para quienes hagan construcciones sin el permiso del Municipio de Cuenca. Esto ha sido cuestionado por algunos sectores.
Según el documento del gremio de arquitectos, “… se ha actuado y resuelto al revés”, pues para tipificar infracciones, a través de la planificación, se debe hacer en consonancia y coherencia con las condiciones socioeconómicas de los ciudadanos.
Igualmente consta: “… se está imponiendo una norma que desde varios sectores la denominan recaudatoria… incumpliendo de por sí el objetivo que debería tener la norma, que es disuadir de manera racional el cometimiento de infracciones (…)”.
El CAA recomienda que para la planificación en la realidad actual es indispensable contar con estadísticas respecto a la tenencia legal y geométrica de las propiedades.
Concejal
Según Iván Abril, concejal de Cuenca, la nueva ordenanza no fue aprobada por unanimidad ni en primer ni en segundo debate. Él fue uno de los que votó en contra de este cuerpo normativo.
Y es que a criterio de este edil las multas que se establecen en la misma son excesivas y no se compadecen con la realidad de la población, y peor aún en esta crisis económica.
Abril no está de acuerdo con que en esta reglamentación se haya determinado que en algunos de las parroquias rurales se pueda construir solamente en lotes que tengan por lo menos 700 metros cuadrados (m²).
Con esto Abril considera que se afecta al derecho constitucional de tener una vivienda, que además es una de las principales aspiraciones de las familias a nivel local.
Criterio
Para Leonardo Alvarez, arquitecto e investigador en planificación, es necesario regular la ocupación de terrenos mínimos en la zona rural, para evitar que haya una “explosión de crecimiento urbano”.
“Si no ponemos límites y medidas en poco tiempo las zonas rurales se llenarán de casas en pequeños espacios y eso significa que hay que llegar con obras y servicios básicos a estos sitios y eso resulta demasiado costoso…”, declaró.
No obstante, Alvarez señaló que a nadie se le puede negar la posibilidad de tener un espacio digno donde vivir, pues eso incluso está estipulado en la Constitución del Ecuador. Ante esto hay que buscar alternativas.
Multas
20.000 dólares
Multas por hacer movimientos de tierras sin autorización y que impliquen riesgo para predios colindantes; y por construir en derechos de vía, no respetar retiros frontales en vías o cometer cualquier infracción que afecte la planificación vial.
También por construir cerramientos definitivos fuera de la norma establecida y hacer cualquier edificación en espacio público sin el permiso correspondiente, más remediación y demolición.
Igualmente esta sanción se aplica por comercializar lotes en fraccionamientos o urbanizaciones con métodos no contemplados en la norma y que no hayan sido aprobados por la municipalidad o juntas parroquiales.
24.000 dólares
Esta es la sanción por construir cualquier edificación en áreas de protección de quebradas, ríos, cauces y drenantes naturales. Asimismo el infractor tiene que hacer la demolición obligatoria.
40.000 dólares
Esta es la multa por hacer movimientos de tierras en zonas susceptibles de riesgo, que afecten bienes públicos e irrespetar medidas cautelares de remediación, si la infracción continúa.