La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Opinión Consultiva sobre -la figura de la reelección presidencial indefinida-, el pasado 13 agosto. Fue promovida por Colombia y se trata de un pronunciamiento muy debatido por las consecuencias jurídicas y políticas para los países de la región. Un dictamen de 88 páginas aprobado con 5 votos a favor y 2 votos disidentes, que entre otros temas concluye: primero, la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano autónomo; segundo, el establecimiento de límites a la reelección es compatible con la Convención Americana de Derechos Humanos; y tercero, la habilitación de la reelección es contraria a los principios de una democracia representativa.
El antecedente es lo previsto en el 2018 por la Comisión de Venecia, sus cláusulas de limitación a la reelección se plasman en los capítulos constitucionales referentes a la institución de la presidencia y no de los derechos. Los dos organismos concluyen que la -reelección presidencial indefinida- no constituye un derecho humano autónomo protegido por el corpus iuris del derecho internacional, así la prohibición tiene su génesis en la regulación de los Estados respecto del derecho a ser elegido. Para nosotros limitar el poder tiene clara relación con el principio básico de alternancia en el poder, propio de las democracias fuertes en el mundo. (O)