“Cuando usted está dentro de un Plan de Alto Rendimiento tiene los recursos que le respalda, pero termina su vida deportiva y queda en la nada”, señala Cristian Sánchez, representante de la Corporación Glorias del Deporte Ecuatoriano (Glodec).
“La pensión vitalicia se convierte en un medio de subsistencia para muchos que sacrificamos estudios, familia y que tenemos un estilo de vida realmente agresivo, porque eso es el alto rendimiento. En nosotros el deporte no es salud porque la práctica es muy agresiva a ese nivel deportivo”, agrega.
En el Ecuador hay alrededor de 350 deportistas con pensión de retiro vitalicia. Algunos dejaron de percibir durante años. En tanto, los que mantienen este beneficio reciben asignaciones con el monto del salario básico de 2017 y sin diferenciación del resultado conseguido, es decir, tiene el mismo valor una medalla de oro olímpica que una de oro panamericana, sudamericana o bolivariana.
En 2018, Miriam Ramón y Fausto Quinde dirigieron un oficio al Ministerio de Finanzas, solicitando la pensión acorde al salario actual, pero les dijeron que la economía del país no permitía cumplir tal requerimiento.
Hoy junto con la Glodec intentan que el Gobierno reconozca que los pensionistas no están pidiendo caridad sino un derecho que se ganaron por dedicar tantos años al deporte y ser embajadores del país en distintas competiciones. Piden que las asignaciones correspondan al salario básico actual, que se les entregue los valores congelados en años pretéritos, y que se analice la jerarquización de resultados.
“Antes de 2010 no teníamos un apoyo del Plan de Alto Rendimiento y nos dieron las becas para poder subsistir, como una jubilación, porque cuando estamos entrenando 25 años y vamos a pedir trabajo, la mayoría de empresas pide experiencia laboral y no la hemos tenido como tampoco hemos tenido un seguro de salud”.
Ramón dice que gracias a la pensión ha podido hacer que otras personas hagan actividad deportiva con la creación del Club de Atletismo, ha podido mantener un seguro privado de salud y ha podido llevar adelante el proceso de desentrenamiento, curando ciertas secuelas que deja el deporte de alto nivel.
“Cuando uno deja de entrenar, la presión mismo de obtener resultados, la presión mismo de la sociedad, la presión mismo de todo el país, nos da enfermedades. A mí me detectaron asma”.
Para Ramón, en Ecuador se descuida la última etapa del ser humano: la del retiro. “Cuando uno deja de entrenar, dicen ya no sirve y nos botan”, precisa la varias veces campeona sudamericana, bolivariana y subcampeona panamericana. (BST)-(D)
Antecedentes
Cristian Sánchez hace un cronograma de los cambios que se han dado con el tiempo sobre las pensiones de retiro vitalicias:
1992: Las pensiones vitalicias se otorgan a campeones dentro del ciclo olímpico, categoría absoluta: Juegos Olímpicos, Juegos Panamericanos, Juegos Sudamericanos y Juegos Bolivarianos.
2002: A través de una reforma el beneficio se amplía y no encierra solo eventos del ciclo olímpico y del nivel absoluto. Así un niño que obtenía un título mundial podía reclamar la pensión. Esto amplió la lista de beneficiarios a 355.
2006: El Estado suspende este beneficio porque económicamente es insostenible. A los que percibían la pensión les otorga el título de Glorias Deportivas y todos reciben dos mensualidades básicas dejando sin efecto el cuadro existente de asignaciones el cual diferenciaba un campeón olímpico de un panamericano, por ejemplo.
2010: La Ley del Deporte reconoce el beneficio para los campeones absolutos en: Juegos o Campeonatos Mundiales, Olímpicos, Paralímpicos (4 SBU), Panamericanos, Parapanamericanos (3 SBU), Sudamericanos y Parasudamericanos (2 SBU), o quienes, representando al Ecuador en competencias oficiales, en dichos juegos, hubiesen sufrido invalidez como consecuencia de su participación o preparación.
También reconoce este derecho a los deportistas considerados como Glorias Deportivas (2 SBU): medallas de plata y bronce en Juegos Olímpicos, Paralímpicos, Panamericanos, Parapanamericanos, Sudamericanos, Parasudamericanos o Mundiales de categorías absolutas o que hubiesen realizado hazañas deportivas.
2015: Se quita de la Ley del Deporte a las Glorias Deportivas y empezó a regirles la Ley de Héroes y Heroínas. Se creó un Comité para otorgar las becas. “La Ley decía que para otorgarle su pensión vitalicia se considerará la situación socioeconómica del deportista y la predisponibilidad fiscal del Estado”.
2017: Se congelan las asignaciones.
2018: “Ya no dieron incremento que por ley correspondía de las dos mensualidades básicas. Tal así que en la actualidad cuando tendríamos que cobrar 800 dólares seguimos percibiendo 750 sin nivel de jerarquización. No se respeta el cuadro de pagos”.
2021: La Glodec (Corporación Glorias del Deporte) busca que los derechos de los deportistas no sean vulnerados. Al momento han logrado reunir a 180 de los pensionistas.
Propuestas para la nueva Ley del Deporte
1. Que el Estado adopte un programa de estudios superiores para deportistas de alto rendimiento.
2. Que los deportistas, con su título académico, una vez que culminen su vida deportiva, sean incorporados al sistema laboral a través de méritos y oposición bajo el espíritu de discriminación positiva.
3. Que se mantengan las pensiones vitalicias bajo las siguientes consideraciones técnicas:
- Que se mantenga la figura de las Glorias del Deporte.
- Que el deportista reciba la pensión cuando se retire definitivamente del deporte.
- Que en el cuadro de pagos se considere sólo a medallistas olímpicos (oro, plata y bronce), campeones mundiales y campeones de Juegos Panamericanos, categoría absoluta.
- Que se deje sin efecto que el Estado considerará la situación socioeconómica del deportista para otorgarle este beneficio.
Propuesta de Cuadro de Pagos para Pensiones Vitalicias
4 SBU | Campeón en Juegos Olímpicos y Paralímpicos Absolutos |
3 SBU | Medallistas de plata y bronce olímpicos y paralímpicos absolutos |
3 SBU | Campeones mundiales absolutos |
2 SBU | Campeones en Juegos Panamericanos Absolutos |
2 SBU | Deportistas que representando al país en estas competencias sufran invalidez permanente como consecuencia de su participación o preparación. |