Activista: “Los plazos y la denuncia en el aborto por violación son revictimización”

Este jueves se cumplió el primer debate en la Asamblea Nacional sobre el proyecto de Ley del aborto en caso de violación.

Voces a favor y en contra se registraron al interior como exterior del edificio legislativo.

Los asambleístas trabajan en esta Ley después de una sentencia de la Corte Constitucional, dada el pasado 28 de abril, en la que se despenalizó el aborto en casos de violación. El tiempo corre, existe un plazo, la misma debe ser aprobada hasta el 28 de diciembre.

En este contexto, Martina Pérez, vocera de la articulación Trenzando Feminismos, resaltó que se encuentran en vigilia junto a la Fundación Desafío y otras organizaciones feministas y colectivas a nivel nacional.

La activista dio a conocer el punto de vista de mencionadas organizaciones con respecto a este tema. A continuación sus reacciones:

Acciones

Nos hemos convocado a lo largo de esta semana bajo esta acción nacional de Feministas en vigilia por la Ley, porque estamos vigilantes y pendientes de lo que pase en los debates del pleno tras la aprobación del primer informe de interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación que fue emitido por la Comisión de Justicia.

Estamos atentas con las exigencias y demandas que tenemos como mujeres y como personas con posibilidad de gestar y como feministas ante la pronunciación y el debate de la Asamblea.

Plazos

A la Asamblea Nacional le queda menos de 20 días, acorde a los plazos que estableció la Corte Constitucional el pasado 28 de abril, para aprobar la Ley de Aborto por Violación.

Es muy importante tener en cuenta que ya se tiene un proyecto de Ley que fue remitido por la Defensoría del Pueblo. Exigimos que se lo apruebe porque debemos tener algo muy en cuenta: que el aborto por violación ya es nuestro derecho, y ahora exigimos una Ley que lo ampare que ponga en el centro a las víctimas y sobrevivientes de violencia sexual.

Exigimos que sea aprobado porque la ausencia de Ley es un factor de riesgo, que sobre todo impide el acceso oportuno y adecuado de las mujeres y personas con posibilidad de gestar a un servicio de aborto en casos de violación. Pone en riesgo nuestra salud integral, la justicia sexual y reproductiva y nuestra vida en sí.

Otra cosa que se debe tener en cuenta muy claro es que la Asamblea no puede ni debe debatir la legalidad del aborto por violación porque como le decía: el aborto por violación ya es nuestro derecho. La responsabilidad de los y las asambleístas es legislar por una Ley justa y reparadora.

Nudos críticos

Hoy en día existen tres puntos críticos dentro de la Ley; se han apelado así. Uno, son los plazos (que tienen para realizar el aborto por violación), es decir la temporalidad, el requisito de denuncia y la objeción de conciencia.

Ante esto somos muy claras con nuestra postura. Los plazos y el requisito de denuncia son revictimización para las víctimas de violación, y esto impide el acceso a un aborto oportuno y seguro, pero sobre todo acentúa la violencia estructural.

Hay una investigación importante sobre los obstáculos al acceso de la justicia que recoge cifras alarmantes. El 38 % de mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual no quiso denunciar; el 41 % no lo logró; y, el 21 % sí lo logró.

Entonces estamos hablando de que si ponemos la denuncia como un requisito sería una traba. Ya no estaríamos hablando de derechos sino de privilegios, impedimentos, limitaciones.

En la temporalidad también hay que tener claro que se trata de un aborto en causales, es un aborto terapéutico. El COIP, en el artículo 150, antes del 28 de abril, reconocía el aborto legal en dos causales: evitar el peligro de la salud de la mujer embarazada, y en caso de violación y embarazo, pero solo para mujeres con discapacidad intelectual. Ahora, es para cualquier mujer que haya sido víctima de violación.

Sobre todo hay que reconocer los tiempos de las sobrevivientes de violencia sexual. Las mujeres, sobre todo las niñas y adolescentes que solicitan un embarazo más tarde de las 13 semanas, tienden a ser más jóvenes, estamos hablando de una brecha intergeneracional, pues detectan su embarazo más tarde justamente por esta limitación física, emocional y psicológica de que las niñas no son madres.

Sobre la objeción de conciencia, que hace referencia a nuestro tercer punto crítico, debo señalar que es un derecho individual del personal de la salud, pero debe ser regulado, y no debe considerarse un limitante que obstaculice el acceso a un aborto por violación oportuno y seguro.

En esto somos muy tajantes sobre todo porque en sectores rurales suele existir solamente un profesional de la salud. Entonces aquí hablamos de una doble estigmatización para las campesinas y para las mujeres indígenas que van a sufrir esta traba si la objeción de conciencia no es regularizada y no van a poder acceder a un aborto, y el eje principal del proyecto de Ley debe contemplar la accesibilidad y la justicia reproductiva.

Creemos que el aborto por violación no debe convertirse en un privilegio de clase y más bien debe contemplar las diversas realidades que tenemos como mujeres y como personas con posibilidad de gestar.

Hay que garantizar una Ley ética y digna que impida que la clandestinidad, la criminalización, la estigmatización y la revictimización.

El aborto por violación es una deuda histórica que tiene el Estado con las niñas y las mujeres de este país, por lo que estamos con la consigna de una Ley justa y reparadora. (I)

Fabian Campoverde

Periodista multimedia y creador de contenidos digitales con una maestría en Comunicación Estratégica Digital. Especializado en temas de seguridad, cultura, crítica teatral y música. Escribe sobre viajes, arqueología e historia.

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