Así funcionará la pensión alimenticia que podrán pedir los adultos mayores vulnerables

El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) anunció la publicación de la nueva Tabla de Pensiones Mínimas para los Adultos Mayores, en la que se establecerá un pago obligatorio que deberán hacer familiares de las personas mayores de 65 años que se encuentren en situación de pobreza, pobreza extrema o tengan una discapacidad.

Esteban Bernal, ministro del MIES, explicó que esta obligación incluye a familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, tíos, sobrinos y primos) y segundo de afinidad (cónyuge, cuñados, hermanastros, cónyuge de los nietos).

“La Tabla de Pensiones Mínimas para los Adultos Mayores nos permite que los de bajos recursos, los que están siendo olvidados, tengan la protección de la justicia y el Estado ecuatorianos, esto se logra a través de las denuncias que cualquier persona puede hacerla”, dijo Bernal.

La Tabla oficial se publicará pública, pero el MIES adelantó que estará compuesta por seis niveles a establecerse de acuerdo con los ingresos de los alimentantes y al número de personas adultas mayores.

Los valoers van desde los USD 0 hasta los USD 399 para el primer nivel, y desde USD 1.224 en adelante, para el sexto.

Estos montos se actualizarán el 1 de enero del 2022, una vez que se oficialice el incremento del Salario Básico Unificado (SBU). También se tomará en cuenta la inflación anual acumulada y los indicadores económicos publicados por el INEC.

Este mecanismo de protección social fue establecido en la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, que la Asamblea Nacional aprobó en julio del 2018 y que entró en vigor el 24 de abril del 2019. Sin embargo, el MIES, institución encargada de establecer la Tabla, tardó tres años y medio en elaborar el documento.

El ministro Bernal confirmó que la elaboración de la Tabla se había convertido en un nudo crítico entre los temas pendientes del MIES y que para la ejecución del mecanismo se contó con la colaboración de la Defensoría del Pueblo y el Consejo de la Judicatura.

Una muestra


Un alimentante que tenga ingresos por USD 830 pagará una pensión alimenticia al adulto mayor por USD 242,86 (29,26 % del ingreso); adicionalmente deberá cancelar USD 51.40 (12,85 % del SBU vigente) si la personas posee discapacidad de grado muy grave; USD 40.56 (10,14% del SBU vigente) si la discapacidad es grave; y USD 35.32 (8,83% del SBU vigente) si es moderada.

Necesidad de una denuncia

La jurista Diana Briones, quien elaboró un estudio sobre los alcances de la Ley, recalcó que para que la persona adulta mayor acceda a este beneficio deberá denuncia ante un juez especializado de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. También lo podrá hacer cualquier persona que tenga conocimiento del caso.

Esteban Bernal, ministro del MIES, informó que, a través de un acuerdo con las universidades, se garantizará que en cada provincia exista un consultorio gratuito, al que puedan acudir el ciudadano «para que exija a sus familiares que le den atención y cobertura».

Briones dijo que para establecer la pensión el juez deberá tomar en cuenta las necesidades reales de la persona de la tercera edad, la capacidad económica de los alimentantes y el número de parientes que estén en capacidad de aportar.

Andrés Mazza

Periodista y fotógrafo. Escribe sobre cultura, educación, migración y astronomía.

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