Los derechos del trabajador

A propósito del día universal de los trabajadores, a celebrarse mañana 1 de mayo, es oportuno un breve análisis sobre algunos derechos sociales consagrados en la Constitución ecuatoriana, a favor de la clase trabajadora, y la realidad de dichos derechos en el marco de la gestión de los últimos Gobiernos.

Sobre el derecho social al trabajo, la Constitución establece en el artículo 33 que: “El Estado garantiza a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido y aceptado”. Si bien en su momento se suprimieron ciertas aberraciones y abusos como la tercerización, aún subsisten niveles salariales que impiden realizar el precepto constitucional de una “vida digna y decorosa”, y esto como resultado de una política salarial que, a pesar de ciertos reajustes periódicos en las remuneraciones, sigue siendo restrictiva e insuficiente para compensar el coste de la vida.

El derecho a la seguridad social, aunque concebido constitucionalmente como un “derecho irrenunciable de todas las personas, que será deber y responsabilidad primordial del Estado” (art. 34), todavía no es plenamente cumplido en el Ecuador.

Aún más, una de las cosas más innovadoras que establece la Constitución, en materia de derechos sociales, es la garantía del Estado para hacer efectivo el derecho a la seguridad social de las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, de los que realizan actividades de auto sustento en el campo, de los que trabajan de manera autónoma y de quienes se encuentran en situación de desempleo; sin embargo, se trata de un derecho que no ha sido cumplido por los últimos Gobiernos.

El régimen correista lo que hizo fue aprobar de una manera incompleta la seguridad social para las personas que realizan el trabajo no remunerado en el hogar, pues una pensión jubilar solo se daría luego de 20 años de aportes, realizados además no por el Estado sino por sus familias. En el régimen de Lasso lo que se ha hecho es insinuar la posibilidad de incrementar el número de años para la jubilación, amén de plantear una “flexibilización laboral” que podría afectar a los derechos constitucionales de los trabajadores. (O)

CMV

Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.

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