Quito (Pichincha).- Darío Javier C. A. fue sentenciado a ocho años de privación de libertad, como autor directo del femicidio —en grado de tentativa— cometido contra su exconviviente.
El Tribunal de Garantías Penales impuso también medidas de protección a favor de la víctima y de su entorno familiar, así como tratamiento psicológico para la víctima y el agresor.
En la audiencia de juzgamiento, la fiscal Ana Remache presentó más de 10 testigos para sustentar la teoría del caso. Los jueces escucharon esos relatos y los testimonios de los expertos que practicaron las pericias de contexto de género, de entorno social del círculo familiar de la víctima y la valoración psicológica y rasgos de personalidad del agresor.
Así como la pericia de identidad humana a las imágenes de un video que circuló en redes sociales: coincidió con las características morfológicas del acusado.
De acuerdo con un informe de la Fiscalía, el viernes 15 de abril del presente año, Darío Javier C. A. citó a su expareja en el parque La Carolina, en el norte de Quito, para –supuestamente– tratar temas relacionados con sus hijos.
Según los testigos, la pareja discutía violentamente. Entonces, Darío Javier C. A. —advirtiendo que no se acerquen a todos los que presenciaban la escena— apuñaló a la mujer, pero no consumó el femicidio por la intervención de la gente.
Especialmente por un turista hondureño que tomó un palo para golpear al ahora sentenciado y evitar que siga apuñalando a la mujer. En ese contexto, el agresor intentó suicidarse con el mismo objeto punzocortante.
El hombre fue sometido hasta que llegó la Policía Nacional para su aprehensión. Tanto la mujer como el victimario fueron trasladados hasta hospitales cercanos para su atención.
Información jurídica
El procesado fue sentenciado según el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el femicidio, en concordancia con el artículo 39 (grado de tentativa) del mismo cuerpo legal. Conforme la normativa, la pena aplicable es de uno a dos tercios de la que correspondería si el delito se hubiera consumado.
El femicidio es sancionado con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. (I)