Doce deberes y atribuciones tiene el CPCCS

Doce deberes y atribuciones tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) según la Constitución del Ecuador. Representa una de las cinco funciones del Estado: la de la Transparencia y Control Social.

Raúl Vásquez, abogado e investigador sobre participación ciudadana, explicó que hasta antes de 2008 en este país el Estado tenía únicamente tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.

“Luego de aprobada la Constitución en ese año se añadieron dos más, el Electoral y, precisamente, el de Transparencia y Control Social, que está representado por el CPCCS. De allí radica su importancia…”, precisó.

Vásquez señaló que una de las más altas responsabilidades que tiene el CPCCS es la selección de las principales autoridades para presidir los organismos de control del Estado.

Designación de autoridades

Por ejemplo: la Procuraduría General del Estado (PGE), Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado (FGE) y Contraloría General del Estado (CGE).

También el Consejo Nacional Electoral (CNE), Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Consejo de la Judicatura (CJ) y de las superintedencia como, por ejemplo, de Bancos; Compañías, Valores y Seguros; Telecomunicaciones, entre otras.

“Inicialmente los siete integrantes del CPCCS eran seleccionados entre postulantes que proponían organizaciones sociales por medio de un concurso público de oposición y méritos…”, recordó.

Injerencia

Para Andrea Rivera, exintegrante del CPCCS, la principal dificultad que ha tenido este organismo para llevar adelante los procesos de designación de autoridades es la injerencia del Ejecutivo; y de fuerzas y grupos políticos.

“Han querido, a través de los consejeros y consejeras, formar mayorías en el CPCCS, prácticamente manipular los concursos y designaciones para que quienes resulten electos sean de confianza o cercanos al poder Ejecutivo…”,

mencionó.Añadió: “lo importante es que los consejeros y consejeras, entendiendo que este momento llegan por voto popular, no se deben al Presidente de la República ni a intereses de grupos políticos o grupos de poder”.

“Lo que tienen que hacer los consejeros es hacer respetar la normativa, las leyes, los reglamentos, para designar a las autoridades y hacerlo con la participación ciudadana, la misma que se expresa en la postulación…”, manifestó.

En resumen, para Rivera, los integrantes del CPCCS deben actuar con independencia y apegados a la ley, además garantizar la participación de los ciudadanos de las organizaciones sociales.

Concurso

A decir de Mónica Banegas, también exintegrante del CPCCS, “lo primero que se debe hacer es regresar a la elección del organismo como en un principio se planteó en la Constitución del Ecuador en 2008”.

Esto es mediante un concurso público de méritos y oposión “porque cuando era de esa manera por lo menos teníamos la garantía de que eran personas que habían sido parte del activismo ciudadano…”, mencionó.

Para ella: “el principal error fue cambiar la ley para que sean electos por voto popular, porque es antinatural exigirles que no hagan proselitismo político cuando sabemos que para ganar hay que estar patrocinados por una organización política”.

“Me parece que se les esta orillando a hacer algo por debajo de la mesa, es decir no hagan proselitismo político, pero sabemos que hay organizaciones políticas que están pidiendo que voten por tales personas para consejeros…”, refirió.

Acotó: “va a ser absurdo cuando lleguen a ocupar las siete curules del consejo pedirles que sean independientes cuando claramente vamos a saber qué organizaciones políticas les patrocinaron para conseguir el voto popular”.

Christian Sánchez Mendieta

Licenciado en Comunicación Social con una maestría en Marketing Digital y Comercio Electrónico. Becario en Abraham Lincoln por la Embajada de USA en Ecuador. Investiga temas de migración y periodista de temas políticos, electorales y sociales.

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