¿El Presidente se puede ir?

José Chalco Salgado josechalcosalgado@gmail.com

Explicaré los caminos diseñados en la Constitución para remover del cargo al Presidente de la República, así, usted ávido lector, sabrá si el Presidente de la República -constitucionalmente- se puede ir.

Lo primero. De arranque y para entendernos. Ni la Constitución ni la Ley señalan que perder una consulta popular, es causal de destitución o renuncia.

Segundo. La muerte cruzada activada desde la Asamblea Nacional ya no cabe. De conformidad con el artículo 130 de la Constitución, esta facultad puede ser ejercida en un solo periodo legislativo. El Parlamento ya la agotó en junio del 2022.

Tercero. El impeachment o juicio político, requiere la solicitud de 46 asambleístas, dictamen favorable de la Corte Constitucional y el voto de 92 asambleístas que lo destituyan por haber cometido: 1. Delito contra la seguridad del Estado. No existe. Ojo. La Constitución determina: delitos, no contravenciones. 2. Delito de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito. De lo que sabemos, no existe. 3. Delito de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia. De lo que se sabe, el Gobierno no practica el estilo Febres Cordero.

Cuarto. El Presidente, él, sí puede activar la muerte cruzada y disolver al Legislativo. Se queda gobernando sólo y a través de decretos leyes durante al menos 3 meses. Luego tendremos elecciones presidenciales y de asambleístas. Las causales para activar: 1. Previo dictamen de la Corte Constitucional, que la Asamblea se arrogue atribuciones. 2. Que la Asamblea obstruya reiterada e injustificada de la ejecución del Plan Nacional. 3. Grave crisis política y conmoción interna. Es decir, el Presidente, sí tiene opciones a elegir.

Quinto. Se puede avanzar en un proceso de revocatoria del mandato. Es decir, conforme al artículo 105 de la Constitución, destituir al Ejecutivo de su cargo luego de una elección popular.

Sexto. Si el Presidente renuncia y siempre que la Asamblea acepte su dimisión, lo remplazará el vicepresidente por el tiempo que resta. Si ambos renuncian, el presidente de la Asamblea se convierte en presidente de la República y se convoca a elecciones.

Por eso hay que pensarlo bien. Mejor dicho, hacer una pausa, y leer la Constitución. (O)