La buena fe     

En días anteriores el abogado del presidente Lasso apeló a la buena fe y al sano entendimiento en el juicio político formulado en su contra. Del latín bona fides, significa el estado mental de honradez y rectitud de la conducta para todos los actos de la relación social.    

En el nivel jurídico la responsabilidad civil administrativa, política o penal, tributaria o más asuntos de interés público o privado deben regirse por tal categoría fundamental. El juez o quien o quienes asuman tal nivel, como los integrantes de la Asamblea Nacional, no se diga al ejercer su rol fiscalizador, deben revestirse de PROBIDAD, porque no otra es su responsabilidad cívica en el proceso que se ha dado curso.

El juicio contra el presidente de la República,  no es  un asunto de entendimientos subjetivos o del  primado discrecional de los votos,  como dicen los asambleítas responsables de la acusación,   más aún cuando sostiene  que la sentencia de la Corte Constitucional es una  simple referencia no vinculante, porque la Asamblea es la suprema y única instancia; a lo que se debe concluir que para ellos no es aplicable el principio del debido proceso, peculiar al Estado de Derecho, por tanto  ni la buena fe ni  el sano entendimiento.

Cuando la corrupción y el delito conmocionan a la sociedad y se ha obstruido deliberadamente el Plan Nacional de Desarrollado, cabe que el presidente Lasso decida la medida objetiva de poner punto final a las mismas con la aplicación del artículo 148 de la Constitución. 

Recuerden que el Ecuador es de todos los ecuatorianos. Tenemos derecho a vivir en paz, mediante el bienestar y la seguridad jurídica que garantizan el Estado de Derecho. (O)

CMV

Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.

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