A un paso de aprobar norma contra 2 en moto en Cuenca

La Empresa de Movilidad (EMOV EP), del Municipio de Cuenca, retendrá por siete días las motocicletas que transporten dos personas de manera injustificada. En caso de reincidencia la retención será por 15 días.

Esto consta en la propuesta de Ordenanza que Complementa la Regulación de Circulación de Personas en Motocicletas dentro del cantón Cuenca, que está lista para segundo y definitivo debate.

Xavier Bermúdez, concejal y proponente de esta normativa, explicó que el 18 de octubre remitió la propuesta legislativa con los ajustes hechos luego de su aprobación en primer debate el último 24 de agosto.

Indicó que ahora será Cristian Zamora, alcalde de Cuenca, quien decida cuándo incluir esta reglamentación para la última discusión, para que finalmente entre en vigencia.

Bermúdez indicó igualmente que una vez que se apruebe esta norma la EMOV EP tendrá que establecer los instructivos para aplicar las sanciones, entregar salvoconductos y receptar trámites.

Noviembre

Espera que a más tardar la aprobación se dé hasta noviembre, pues se trata de una normativa urgente para ayudar a la prevención de los asaltos que cometen delincuentes que se movilizan en motos.

Esta propuesta normativa incluye algunas exenciones, por ejemplo, la EMOV EP no podrá retener las motocicletas en las que se movilicen cónyuges, convivientes en unión de hecho, hijos o hermanos.

Tampoco en las que vayan personas con discapacidad; adultos mayores; mujeres; personas que presten servicios de seguridad; y menores, de 12 años, acompañados de un adulto.

En esta ordenanza igualmente consta que tampoco habrá sanción cuando se trate de empleados o trabajadores de una misma empresa; ni cuando sean guardias de seguridad que hacen labores de monitoreo.

También quedan exentos de sanción los estudiantes de las instituciones de educación superior, siempre que porten el respectivo salvoconducto emitido por la Dirección de Gestión de Movilidad (DGM).

Ley

Patricio San Martín, abogado y consultor en legislación de tránsito, recordó que en junio de 2022 la Agencia Nacional de Tránsito aprobó una norma para regular igualmente el número de pasajeros en las motocicletas.

Se trata del Reglamento que Norma la Capacidad Permitida de Personas que se Transportan en Motocicletas en Ecuador, cuyo objetivo es reducir los actos delictivos.

Con esta normativa la ANT dispuso a nivel nacional que en las motos solo pueden circular un hombre, aunque hay algunas exenciones, cuando se trata de esposos, y familiares.

Este reglamento nunca fue aplicado en Cuenca por la EMOV EP, bajo el argumento de que esta restricción no consta en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (LOTTTSV).

“Hay que tener claridad, pues esta ley está por encima de la norma que dictó la ANT, y aquí ya se determina la capacidad máxima de pasajeros que tiene cada vehículo, incluido las motos…”; señaló.

Seguridad: buscan evitar 2 en moto

Para Patricio Correa, exmiembro de las Fuerzas Armadas (FF.AA) y asesor de seguridad, regular la ocupación de las motos es una opción acertada para combatir a la delincuencia. Ya se lo ha hecho en otros países recordó.

“A los antisociales se les facilita cometer delitos y escapar en las motocicletas porque se trata de vehículos livianos, pequeños y rápidos. Pero esta medida debe complementarse con otras…”, señaló.

Por ejemplo, recomendó que la EMOV EP intensifique los operativos de control a motocicletas con el fin de sacar de circulación las que no estén matriculadas o hayan sido robadas.

Legislación para regular 2 en moto

De acuerdo con el Reglamento que Norma la Capacidad Permitida de Personas que se Transportan en Motocicletas en Ecuador, emita por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), hay dos opciones para sancionar a quienes no la cumplan.

La primera: puede ser una contravención de quinta clase establecida en la LOTTTSV. Se sanciona con el 15% (67,50 dólares) de un Salario Básico Unificado (SBU) y la reducción de 4,5 puntos en la licencia de conducir.

La segunda: puede ser castigado por desacato, que está establecido en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y por lo tanto se penaliza con una sanción de uno a tres años de prisión.

No están sujetos a sanción los motociclistas que vayan acompañados de su cónyuge o conviviente en unión de hecho; hijos o hermanos; personas con discapacidad; adultos mayores y menores de 12 años.

Detalles

  • Siete artículos tiene la propuesta de Ordenanza que Complementa la Regulación de Circulación de Personas en Motocicletas dentro del cantón Cuenca.
  • 2.800 motos más en promedio hay cada año en Cuenca. Este es un parque automotor que está en un acelerado crecimiento.
  • Unos 300 siniestros de tránsito ocurren por imprudencia al conducir una motocicleta en Cuenca cada año.

Christian Sánchez Mendieta

Licenciado en Comunicación Social con una maestría en Marketing Digital y Comercio Electrónico. Becario en Abraham Lincoln por la Embajada de USA en Ecuador. Investiga temas de migración y periodista de temas políticos, electorales y sociales.

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