Fantasías constitucionales

            Creer que por todo y para todo, debe evocarse y mal usarse las acciones constitucionales, es fantasía constitucional.

            Miremos. No ha bastado con los habeas data para sacar a delincuentes desde donde no hay jurisdicción. Playas y mares. Cantones y jueces multicompetentes. Todo vale. Tampoco ha sido suficiente la recargada fórmula de acciones de protección por cualquier cosa de mera legalidad, para interrumpir el trabajo de una pesada burocracia carente de personalidad y celeridad en lo que hace, o mejor dicho, dice hacer.

            Ahora, en el concurso del nuevo contralor general del Estado que lleva adelante el consentido por la Corte Constitucional: el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, hay nuevos intentos de seguir dilatando y entorpeciendo un proceso que oportunamente debió frenarse y no se lo hizo. Ahora, cuando las cosas están dadas, después de haber precluido (cerrado) los momentos procesales oportunos que había para impugnaciones, revisiones y demás, los acelerados intentos de crear incidentes -sin fortaleza jurídica- se hacen presentes. Acciones de protección. Medidas cautelares que suspendan. Medidas cautelares que abran etapas. Medidas cautelares que paralicen todo.

            Expliquemos. Las medidas cautelares son una herramienta constitucional que busca evitar o cesar la amenaza o violación de derechos reconocidos en la Constitución o instrumentos internacionales en materia de derechos humanos. A tiempo. Urgente. La Corte Constitucional en su jurisprudencia, ha sido recurrente al sostener -yo diría con fortaleza- que éstas solo pueden otorgarse ante hechos creíbles, inminencia, gravedad y la existencia de derechos amenazados o que se están violando. Entonces no es para cualquier cosa. No es por todo. Menos, para desestabilizar aún más al país.

            No puede abusarse de las acciones constitucionales como una intención de politización de la justicia, aún menos, como parangón para interrumpir, frenar y hacer sainetes por doquier. Los pensamientos circunscritos a: demandemos una acción de protección con medida cautelar; solo medida cautelar; mejor, otra acción de protección, son fantasías constitucionales que, por el bien del país, deben desaparecer. (O)

CMV

Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.

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