Doce horas antes de que la Fiscalía realizara los allanamientos del jueves pasado, “el innombrable” ya anunciaba en sus redes sociales la inminencia del operativo y, coincidencia de coincidencias, un poco más tarde, el presidente del Consejo de la Judicatura colocaba un anuncio en similar sentido, por supuesto, ambos quejándose de que el procedimiento representaba un acto de persecución política. ¿Cómo se enteraron, “el innombrable” y Terán, de los allanamientos?, pues la única manera era que reciban la información de una persona infiltrada en la Fiscalía, a quién, en el argot del mundo del crimen se le conoce como “el campanero” o “el campana”, es decir, quién da aviso, con la suficiente antelación, de las acciones que adoptarán las autoridades para impedir un acto delictivo, de los preparativos para “emboscar” a los malhechores o de las medidas para abortar su fuga.Ahora, tan “campanero” es quién filtró la información inicial como quienes la difundieron, para el caso que nos ocupa, “el innombrable” y Terán, que con su actuación alertaron a presuntos delincuentes o, para que escondan evidencias, o para que huyan. Desde el punto de vista legal, el impedir una acción de los operadores de justicia constituye un delito de obstrucción de la justicia, penado con tres años de prisión.La información obtenida de los celulares y computadoras del finado Norero, capo del narcotráfico y otrora niño mimado del correísmo (ver fotos), ha sido la punta del ovillo que ha llevado a la Fiscal Salazar y a su equipo, a desenmarañar una increíble red de corrupción que, a través de la intervención de autoridades estatales, jueces, fiscales, oficiales de la policía, etc., han permitido, no solamente la comisión de delitos sino la impunidad de los mismos cuando estos han sido develados.La inmensa mayoría de ecuatorianos aplaude el proceder de la Fiscalía, ¿por qué a Terán solo le defiende su abogado y “el innombrable”? Si es obvio que los 31 detenidos en el operativo “Metástasis” deben tener varias filiaciones o simpatías partidistas, ¿por qué calificar su detención como “persecución política”? (O)