Ordenanza para perdonar intereses en Cuenca

Hoy, a las 08:00, será la sesión de segundo debate en Cuenca de la Ordenanza para la Remisión de Intereses, Multas y Recargos de Tributos, en Aplicación de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

Con esta norma los contribuyentes del Municipio de Cuenca que tengan deudas con intereses por tasas, impuestos y obras, solo deberán pagar el capital, con lo que los valores se reducen de forma considerable.

De acuerdo con esta reglamentación, el plazo para pagar y beneficiarse de este perdón tributario es de 150 días laborales contados a partir del 20 de diciembre de 2023.

Ley aprobada para perdonar intereses

Andrés Alvarado, abogado y asesor en tributación, recordó que el 20 de diciembre del año pasado la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.

“Una vez que se aprobó esta ley los gobiernos municipales deben aprobar una ordenanza para que los pobladores de sus jurisdicciones puedan beneficiarse de la eliminación de los intereses…”, puntualizó.

Explicó: “por ejemplo, si usted no pagó el impuesto de patente, que es de unos 10 dólares por año, y no ha pagado varios años, la deuda crece mucho. Ahora puede pagar solo capital…”.

Acotó: “esta ordenanza elimina los interés, multas y recargos derivados de los tributos que administra y recauda el municipio y sus empresas, además sus entidades adscritas, inclusive el impuesto al rodaje…”.

Indicó “este perdón se aplica a todos los rubros que un usuario tenga pendiente de pago con cualquier institución del Estado… Esta es una medida que hay que aprovechar, pues es solo temporal”.

De acuerdo con Estefanía Vintimilla, titular de la Dirección Financiera de la municipalidad, tienen unos 9,7 millones en intereses y 362.000 en recargos, que pueden ser perdonados a quienes paguen el capital.

Estimaciones sobre perdón de intereses

Igualmente, el municipio tiene estimado que tendrá una remisión de al menos un 30% a pesar de que el 100% de los contribuyentes puede acogerse a ese ordenanza y eliminar sus intereses en materia tributaria.

La municipalidad una vez que se apruebe esta ordenanza, notificará a la población la fecha para el inicio de los pagos y asimismo el plazo máximo para hacerlo.

Esta ordenanza determina que si antes del 20 de diciembre, día en que entró en vigencia la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo se hubiesen realizado pagos, se aplicarán otras reglas.

Por ejemplo, si los pagos realizados sumados equivalen a la totalidad del capital de la obligación tributaria, quedarán automáticamente remitidos los intereses, multas y recargos.

Pagos previos

El documento consta que: “si los contribuyentes hubiesen realizado pagos previos a la entrada en vigencia de esta ley… solicitarán la imputación de los mismos…”.

También figura que, para acogerse a la remisión, los usuarios no podrán iniciar acciones o recursos ordinarios o extraordinarios en sede administrativa, judicial, constitucional, arbitrajes y otras instancias.

En caso de que la municipalidad hubiese iniciado procesos de ejecución de coactiva o judiciales para el cobro de obligaciones tributarias en contra de los contribuyentes, procederá al archivo de estos. (CSM)-(I)

Aprobación de la ley para perdonar intereses

La Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, que fue aprobada por la Asamblea Nacional con 107 votos, se encuentra en plena vigencia desde el 20 de diciembre de 2023.

Esta norma tiene como objetivo impulsar de manera inmediata el empleo, incremento de la recaudación tributaria e incentivo de la inversión en todos los niveles.

Además, su finalidad es crear incentivos tributarios para promover la generación de empleos y otorgar seguridad jurídica para la inversión a través de asociaciones público – privadas.

Asimismo, establece que las nuevas inversiones en proyectos turísticos de mínimo 100.000 dólares gozarán de una exoneración del impuesto a la renta de esa inversión, por un período de siete años.

También otorga la remisión del 100% de intereses, multas o recargos derivados de obligaciones pendientes de pago, relacionadas con créditos educativos otorgados por cualquier institución pública.

Detalle

El contribuyente que genere incremento de plazas de trabajo para jóvenes entre 18 y 29 años de edad tendrá una deducción adicional del 50%.

Christian Sánchez Mendieta

Licenciado en Comunicación Social con una maestría en Marketing Digital y Comercio Electrónico. Becario en Abraham Lincoln por la Embajada de USA en Ecuador. Investiga temas de migración y periodista de temas políticos, electorales y sociales.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba