El Ejecutivo tiene una propuesta para aplazar entre uno y dos años el cumplimiento de la consulta popular de agosto de 2023 en la que la población decidió que se deje de explotar el Yasuní ITT (Bloque 43-ITT).
Y es que Noboa sostiene que por el conflicto armado interno se requieren de manera urgente recursos para el Estado, que provienen, en buena medida de la explotación y exportación del petróleo.
Por eso considera que ahora no es momento de parar la operación petrolera en esta área, que significa una producción de 58.016 barriles de petróleo por día.
Detener el Bloque 43-ITT implica además retirar la infraestructura, lo que le costaría al país unos 16.470 millones de dólares, según estimaciones de la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador (EP Petroecuador).
Según el Gobierno Nacional, se necesita 1.020 millones de dólares para enfrentar el conflicto armado interno, por lo que asimismo ha planteado el incremento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 15%.
Yasunidos
Para Klever Calle, miembro del colectivo Yasunidos, en Cuenca, organización que fue la que propuso la consulta popular, la intensión de Noboa demuestra desconocimiento del marco constitucional y legal.
“Muestra un doble discurso por parte de Daniel Noboa porque cuando estaba de candidato decía que del Yasuní no vamos a sacar nada y es más se presentaba como conocedor del mercado petrolero…”, dijo.
También: “muestra qué es lo que sucede cuando se elije a un presidente con conflicto de intereses, porque es parte del grupo Noboa, que tiene a la exportadora bananera Noboa, que debe unos 90 millones al fisco”, precisó.
Para Calle postergar la paralización de las operaciones petroleras en el Bloque 43-ITT es una “salida fácil”, pues hay alternativas como, por ejemplo, combatir la evasión fiscal, que puedan dar recursos.
“Según la CEPAL (Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL) tenemos alrededor de 5.000 millones de dólares anuales en evasión fiscal en Ecuador…”, señaló.
“La intención de Noboa es como si el presidente Guillermo Lasso hubiese dicho estamos en emergencia y por eso vamos a suspender un añito la entrega del mando, no puede hacer eso…”, mencionó.
Acotó: “hay un marco constitucional y él tiene que sujetarse a ese marco constitucional, entonces lo que se pretende hacer es una barbaridad jurídica y es un atraco a la razón …”.
Cumplimiento de decisión de parar el Yasuní
Para Rubén Calle, abogado y presidente del Colegio de Abogados del Azuay (CAA), no es viable lo que plantea Noboa, respecto a una moratoria para parar las operaciones en el Bloque 43-ITT.
“La consulta es imperativa y de cumplimiento inmediato… tampoco técnicamente es factible para hacer la explotación de un año, porque montar todo un proceso de explotación toma más de ese tiempo…”, dijo.
Para Calle tampoco es factible que esto se ponga en una consulta popular, “porque no se puede hacer una consulta sobre una consulta y la Corte Constitucional del Ecuador no va a pasar tampoco…”, señaló.
Aclaró que Noboa tampoco podría valerse de la Asamblea Nacional para cumplir su cometido, porque se trata de un pronunciamiento del pueblo…”, enfatizó. (CSM)-(I)
Constitución del Ecuador: moratoria para parar la explotación en el Yasuní
Para Juan Vidal, abogado en derecho constitucional, la Constitución del Ecuador “garantiza el derecho a la participación ciudadana a través de la democracia directa”, por ejemplo, la consulta popular.
“El voto directo de la población permite que ésta exprese su opinión a través del pronunciamiento popular respecto a un determina tema, en este caso sobre la explotación del petróleo…”, señaló.
Acotó: “Las consultas populares y los referendos son sumamente beneficiosos para el pleno ejercicio de la participación ciudadana y de manera general para la democracia y eso hay que respetar”.
Para Vidal hay que cumplir obligatoriamente el resultado de la consulta con la que la población decidió que se suspendan las operaciones en el Bloque 43-ITT.
Detalle
En mayo de 2023 la Corte Constitucional del Ecuador (CCE) la consulta popular sobre el Bloque 43-ITT.