Un estado responsable

En el Ecuador la responsabilidad del Estado no siempre estuvo vigente en el ordenamiento jurídico. El estado no siempre fue responsable por los actos que producían perjuicios a los administrados. Lo que antes se conocía como un estado irresponsable fue evolucionando hasta tener un estado obligado a responder por  los actos que pudieran causar perjuicio a los administrados.

La Constitución del 2008 en concordancia del principio de garantía de protección de derechos define la responsabilidad del estado sobre la reparación de violaciones a los derechos. Además, -la responsabilidad objetiva del Estado transciende el derecho civil, es un asunto constitucional-, sujeto al cumplimiento irrestricto de sus más altos valores y principios y, desde esa perspectiva, sujeto al derecho administrativo como brazo ejecutor de la Constitución.

La Constitución estableció la responsabilidad del Estado de compensar los daños causados a las personas, obligando al Estado el derecho de repetir, previo control judicial y la culpabilidad de los servidores públicos, en el ámbito de sus atribuciones y de lo previsto por las leyes y la constitución. De esta manera se pretende que ningún servidor público quede exento de sus consecuencias por  actos y omisiones.  

Frente a lo actos de conocimiento público por las omisiones de servidores públicos en el sistema penitenciario anunciado por la Ministra de Gobierno Mónica Palencia urge tomar medidas y sanciones frente a la inercia de administraciones pasadas.

CMV

Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.

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