Bicos Jis Nais

Ese es precisamente el problema del Ecuador. Aunque existan disposiciones claras y expresas, normas a cumplir, valores y principios constitucionales; se hace y deshace, manipula e interpreta. Desde el padrinazgo, la conveniencia y el cálculo. Desde el “bicos jis nais”. Desde el “bicos güi jaff di powerr”.

La institucionalidad del Ecuador requiere de un mayor y alto rango de comprensión institucional patriótica y no del beneficio de grupo o persona. El Derecho es lógico y tiene principios e instituciones universales con una construcción histórica en su desarrollo que hay que saber y entender. La interpretación ad infinitum o lo que en el último tiempo han surgido: cachiporreros de normas y supuestos, trae más desorden y debilitamiento al Estado y no se puede permitir.

Solo los altos funcionarios del Poder Judicial parece que no se han enterado de la enorme crisis que vive ese Poder. Crisis tras crisis. Mientras tanto, sigue siendo útil -para algunos- usar cualquier artilugio vulgar sin medir la responsabilidad ulterior de lo que están haciendo. Sin calcular la responsabilidad de daños y perjuicios al Estado, a la justicia y los consiguientes delitos en los que están incurriendo.

En el Ecuador se hacen algunas cosas “incredibols”. La Procuraduría General (abogado del Estado) dice prorrogar a los jueces de la Corte Nacional y su presidente. No de cualquier órgano, sino de la Corte Nacional, en una interpretación acelerada (3 días) casi casi ganando a los habeas corpus de Manglaralto y las sentencias del Chuky.

A su vez, la Corte ha llegado al absurdo de violentar norma expresa y consultar al Procurador sobre la interpretación de la Ley; primero, habiendo Ley clara; segundo, siendo jueces que entendemos saben Derecho; y tercero, cuando la Corte nada tiene que consultar, sino cumplir con el artículo 180 del Código de la Función Judicial que dice que es deber del Pleno de la Corte: expedir resoluciones en caso de duda u oscuridad de las leyes. Eso también, si es que persisten en que hay duda.

El camino: Consejo de la Judicatura haga cumplir la Ley. Hay violación a todo. Continúe con acción de personal que cese a quienes debe cesar. Presente recurso de anulación u objetivo que tutela abuso de poder ante justicia contenciosa administrativa. Asamblea no se demore, hay nuevo candidato a juicio político: el procurador. (O)

CMV

Licenciada en Ciencias de la Información y Comunicación Social y Diplomado en Medio Impresos Experiencia como periodista y editora de suplementos. Es editora digital.

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