Hace algunas semanas, sufrí un ataque por perros ferales mientras montaba mi bicicleta en una parroquia suburbana del DM de Quito, según vecinos de la zona no era la primera vez que ocurría, pues deambulan por la zona jaurías que han sido abandonadas cerca de botaderos a cielo abierto. Luego de superar el correspondiente régimen de vacunación, escribo esta columna para reflexionar acerca de la importancia que tiene un correcto enfoque acerca del bienestar animal.
Ecuador vive tiempos convulsos en materia legislativa, en la que se debaten posturas que van desde el derecho ambiental clásico (antropocéntrico), los derechos de la naturaleza (ecocéntrico) y el derecho animal (seres sintientes). Todo ello, a consecuencia de la Sentencia No. 253-20-JH/22, emitida por la Corte Constitucional del Ecuador, el 27 de enero de 2022, en el caso “Mona Estrellita”, en la cual se decidió que los animales silvestres son sujetos de derechos.
En la mencionada decisión, la Corte mandó a que la Defensoría del Pueblo, presente un proyecto de ley sobre “los derechos de los animales”, norma que fue entregada y que ha generado gran polémica entre actores políticos, medios de comunicación y ciudadanía en general, pues a criterio de algunos, pondría en riesgo la economía y medios de subsistencia de los ecuatorianos, a consecuencia de las rígidas medidas que regula.
Creo que es necesario partir de una idea fundamental, erradicar la violencia contra los animales, así como cualquier sufrimiento inncesario y prevenir el maltrato, al tratarse de seres vivos, pero todo ello dentro de unos estándares que permitan la armonía con el desarrollo de las actividades productivas, agrícolas y ganaderas; particular que, al parecer no se toma en cuenta en el proyecto de “Ley Orgánica para la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos de los Animales no Humanos”, que debate el Legislativo.
Por su parte, para que no sigan ocurriendo episodios como el que narré al inicio de esta columna, hace falta mayor trabajo y cumplimiento de las competencias que la Ley otorga a los Municipios, relativo al manejo de fauna urbana, sobre todo relacionado al rescate de animales de compañía abandonados, el control de la población de la fauna urbana que los técnicos municipales así lo consideren, y, por último, aquellos ferales que representan un riesgo para la salud pública y la biodiversidad. Pues no se trata de generar jerarquías o debates vaciados de contenido, sino armonía y convivencia social. (O)