300 nombramientos para docentes en nuevo concurso de méritos y oposición

nombramientos ministerio de educación
Los docentes deben postular para obtener un nombramiento a través de concurso de méritos y oposición. Foto: Xavier Caivinagua

El Ministerio de Educación convocó a un nuevo concurso de méritos y oposición para entregar nombramientos a profesores que se especialicen en los niveles de Inicial, y de segundo a séptimo de Educación Básica.

En esta convocatoria, que inicia el 17 de septiembre de 2024, se entregarán, en todo el Ecuador, 300 nombramientos para los docentes.

El concurso del Ministerio de Educación empezará con el registro, postulación y solicitud de la validación de los méritos. A través de la página web: https://servicios.educacion.gob.ec/sgd-moe-web/faces/paginas/externo/ingresoProceso.xhtml.

En ella, hasta el 24 de septiembre de 2024, los aspirantes deben :

  • Registrar y verificar sus datos personales, residencia y contactos.
  • Verificar y registrar los méritos y bonificaciones.
  • Seleccionar y postular hasta en cinco vacantes disponibles.

Entre el 25 de septiembre y 2 de octubre, los aspirantes al nombramiento tienen que presentar toda la documentación física que respalde la información que se compartió en el sistema del Ministerio de Educación.

La presentación de los documentos se tiene que llevar a cabo en la Unidad Distrital de Talento Humano del lugar de residencia del docente.

Quienes cumplan con todos los requisitos pasarán a formar parte de una evaluación, en la que los docentes deberán participar de una clase demostrativa.

Por último, el candidato que obtenga la mayor calificación en la sumatoria de las notas obtenidas en las distintas fases del concurso de méritos y oposición será declarado ganador del concurso.

¿Quiénes puede participar en la convocatoria del Ministerio de Educación?

Para postular por uno de los nombramientos los aspirantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ecuatoriano mayor de 18 años o extranjero de acuerdo a las condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Servicio Público y esta Ley.
  • Poseer título de tercer o cuarto nivel en el campo de la educación, debidamente registrados y reconocidos por el órgano rector de la política pública del Sistema de Educación Superior.
  • Constar en el registro de candidatos aptos, anteriormente conocidos como elegibles.
  • Superar las evaluaciones psicológicas acreditadas por el Sistema Nacional de Salud.
  • Certificar no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones generales o especiales establecidas en la presente Ley.

Noticias relacionadas