La Contraloría General del Estado dispone a todos los servidores públicos del país a realizar la declaración patrimonial jurada periódica.
La declaración se realiza entre el 15 de julio y el 15 de agosto de 2024, independientemente del tiempo transcurrido desde la última declaración patrimonial jurada presentada.
El trámite es gratuito y se efectúa únicamente a través de la página web de la Contraloría, en la opción servicios en línea.
La Contraloría efectúa este requerimiento, que es de cumplimiento obligatorio, amparada en las facultades establecidas en los artículos 229 y 231 de la Constitución.
En la norma se establece que los servidores públicos deben presentar su declaración patrimonial jurada, al iniciar y finalizar su gestión y con la periodicidad que determine la ley.
La Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas prevé que la CGE podrá solicitar la actualización o presentación de una nueva declaración.
Independientemente del inicio o fin de gestión de los servidores, para fines de comparación con las anteriores.
AdemAntes de efectuar la declaración, cada servidor o trabajador, en caso de requerirlo, debe suscribir el Acuerdo de uso de medios electrónicos.
Datos claves sobre declaración juramentada
Por otra parte, cuando un servidor ha tenido varios cargos dentro de la misma institución, en “DESDE” se especificará la fecha del primer nombramiento o contrato.
No la del último cargo asignado.
Para corregir errores u omisiones en la declaración patrimonial jurada, los servidores tienen un plazo de 10 días.
Este plazo se cuenta desde la fecha de presentación de la Constancia de Otorgamiento en las Unidades de Talento Humano.
Para esto, se debe justificar en el nuevo formulario cada cambio realizado.
Las máximas autoridades de todas las instituciones y organismos del Estado deben verificar el estricto cumplimiento de esta disposición.
Esto se coordina con las respectivas unidades de talento humano. (I)
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