¿En mora con el SRI? Conozca el Plan Excepcional de Pago

Hasta el 7 de febrero de 2025, los contribuyentes que estén en mora podrán acogerse al Plan Excepcional de Pagos del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Conforme a lo establecido en la Ley de Alivio Financiero, este beneficio aplica para deudas de impuestos percibidos y retenidos como IVA, Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) o retenciones en la fuente que estén en mora o vencidas al 31 de octubre de 2024.

Los usuarios podrán solicitar un plan de pagos diferido hasta 12 meses y podrán acceder a:

  • Suspensión de las acciones coactivas.
  • Habilitación del cumplimiento tributario.
  • Pago de obligaciones en cuotas mensuales.

En caso de no acceder al Plan Excepcional de Pagos, los contribuyentes deberán cancelar el total de la deuda de forma obligatoria.

Asimismo, si accede a este beneficio no puede fallar en ninguna cuota, de hacerlo, se da por terminado de forma inmediata el plan excepcional de pagos, pierde este servicio y deberá pagar la totalidad de la deuda.

El proceso para aplicar se tramita en línea.

Cómo solicitar el Plan Excepcional de Pagos

  • Ingrese al portal SRI en Línea, digite número de cédula o RUC y clave del sistema.
  • Marque la opción «Deudas» y luego «Plan Excepcional de Pagos».
  • Seleccione las deudas que quiere incluir en el plan y hacer clic en «Continuar».
  • Seleccione el número de cuotas en las que desea diferir el pago.
  • Indicar la cuenta bancaria para el débito automático, aceptar la autorización y revisar la información sobre el proceso de pago.

La notificación de resolución llegará al buzón del contribuyente, disponible en su cuenta de usuario. (I)

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Patricia Naula Herembás

Licenciada en Comunicación Social con experiencia en medios tradicionales y digitales. Hace coberturas y en redacción de temáticas de emprendimiento, empresarial, sociedad e interculturalidad.

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