Corte Constitucional analiza el uso de celular en la segunda vuelta

La Corte admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad.

La Corte Constitucional analiza el uso del celular en la segunda vuelta, prevista para el 13 de abril de 2025.

Mediante un comunicado, se conoció que la Corte aceptó la demanda de Acción Pública Inconstitucionalidad 23-25-IN.

Con esta se impugna el artículo 1 de la Resolución Nro. PLE-CNE-2-13-3-2025 del 13 de marzo de 2025, emitida por el Pleno del Consejo Nacional Electoral.

En ella se hace relación al “uso de dispositivos móviles, eléctricos y/o electrónicos a los electores durante el acto del sufragio en las Juntas Receptoras del Voto”.

Es decir, permitir el uso de teléfonos móviles al momento del sufragio.

La admisión de inconstitucionalidad estuvo a cargo del Primer Tribunal de Sala de Admisión de la Corte Constitucional, conformado por los jueces constitucionales:

  • Karla Andrade Quevedo
  • Richard Ortiz Ortiz
  • José Luis Terán Suárez

De manera adicional, el Tribunal de la Sala de Admisión negó la solicitud de suspensión provisional de la norma impugnada, por no contener una fundamentación suficiente.

También dispuso remitir la causa al Pleno de la Corte Constitucional, para brindarle un tratamiento prioritario, conforme el artículo 7 numeral 2 del Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional.

Antecedentes del análisis del uso del celular

El 17 de marzo de 2025, Washington Andrade presentó una demanda por inconstitucionalidad contra la medida adoptada por el CNE.

Según el abogado, la resolución vulnera derechos fundamentales como los principios constitucionales relacionados con el derecho al voto. (I)

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REM

REDACCION EL MERCURIO

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