Pobre país en el cual la justicia ordinaria o la electoral se ajusten al poder político de turno o al de la oposición.
El Ecuador, lamentablemente, no escapa de esas desviaciones.
En estos tiempos, la justicia electoral ha hecho noticia a través de sus fallos, la mayoría, ambivalentes, y hasta de asomar como una instancia capaz de descabezar al presidente o vicepresidente de la república, si a alguien se le ocurre denunciarlos por violencia política de género, la gran novedad de este primer cuarto del siglo XXI.
No menos curiosa ha resultado ser la resolución del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) al haber confirmado la tomada en primera instancia, con la cual se suspendió a la vicepresidenta Verónica Abad de sus derechos políticos, más una multa, tras denuncia interpuesta por la canciller Sommerfeld por violencia política de género, en otras palabras, por expresiones dichas, se supone, al amparo de la libre expresión.
¿Es el TCE el llamado a resolver este tipo denuncias, o solo atenerse a las netamente de tipo electoral? Las expresiones de Abad, ¿constituyen infracción electoral? ¿Constituyen estereotipos de género?
Así está, y mientras la legislación no diga otra cosa, vale respetar sus resoluciones.
Empero, el lío político producto de ratificar la tomada en contra de Abad es asumido con las más variopintas interpretaciones, tanto en el Gobierno, la parte interesada, cuanto en el ámbito político, ni se diga entre constitucionalistas.
Para unos, la resolución no implica la remoción de Abad, únicamente se le suspendió sus derechos políticos, en cuyo caso habría una vicepresidenta en funciones, pero sin el goce de tales derechos.
Para otros, sobre todo para el Gobierno, la vicepresidenta está cesada en sus funciones, y ya estaría pensando en buscarla un reemplazo.
Son las consecuencias de cuando la Justicia, la electoral en este caso, resuelve dejar, “sin querer queriendo”, cabos sueltos.