
El proyecto de reforma a la ordenanza de Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso de Gestión del Suelo (PUGS), ha generado debate en distintos sectores.
El Colegio de Abogados del Azuay ha expresado su preocupación ante nuevas regulaciones sobre los fraccionamientos en suelo rural, sobre todo, en áreas de producción y de protección, porque consideran que alteran la vocación del suelo, al entender que un fraccionamiento rural se considera una urbanización, lo cual va en contra de la vocación del suelo rural.
Juan Pablo Vidal, integrante del Colegio de Abogados, cuestionó la falta de socialización de la normativa.
“No se ha puesto a consideración ni se ha contado con los aportes del gremio para la construcción y formulación de esta norma”, señaló.
“No puede establecerse, por parte del Municipio, que un propietario no pueda disponer de sus bienes mediante fraccionamientos rurales. La Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales reconoce el derecho de propiedad del suelo rural y establece la libre transferencia y fraccionamiento del suelo, pero el Municipio propone restricciones que no se adecúan a las leyes orgánicas que rigen la materia”.
Explicó que la reforma introduce restricciones en el fraccionamiento de la tierra y modifica el uso del suelo. “Si en un fraccionamiento rural de producción se crea una vía de acceso, este proceso es considerado urbanización”, detalló.
Agregó que, esto implica obligaciones adicionales, como la construcción de infraestructura: vías pavimentadas, obras hidrosanitarias, alcantarillado, agua potable, iluminación eléctrica. Además, la creación de equipamientos dentro del fraccionamiento, como parques y otros servicios públicos, con la obligación de la cesión gratuita de suelo hasta un 35 %.
Señaló que estas disposiciones vulneran el derecho a la propiedad, impidiendo su libre ejercicio por los particulares y complican la tenencia legítima del suelo rural. Lo que afecta particularmente a los campesinos.
“Ellos heredan tierras y tienen derecho a fraccionarlas para distribuirlas entre sus hijos o venderlas cuando lo necesiten”.
Urbanización
Sofía Luzuriaga, arquitecta y especialista en gestión del suelo, coincidió en que la reforma podría empujar al suelo rural a convertirse en zona urbana. «Se pide que al fraccionar el suelo se doten de servicios y áreas verdes. Esto va en contra del uso rural y productivo del terreno», señaló.
Los expertos advierten que estas modificaciones podrían propiciar una urbanización inadecuada, desnaturalizando el objetivo original del suelo rural, destinado a la producción agrícola, ganadera y forestal, entre otras actividades.
Para Vidal, las restricciones pueden generar problemas, como la precarización de la tenencia de tierras. Esto porque muchos propietarios podrían recurrir a métodos informales de fraccionamiento u otros como la prescripción de títulos, la venta de derechos y acciones o la simple posesión del suelo.
Por su parte, Luzuriaga advirtió que, al no permitir fraccionamientos rurales adecuados, se fomenta la irregularidad en el uso del suelo, lo que a largo plazo perjudica tanto a los propietarios como a la ciudad, ya que se pierde el control en el uso y ocupación del suelo, sobre la distribución territorial y los servicios.
Propuesta
Ante esta situación, los expertos proponen que la normativa actual se mantenga y que las regulaciones sean aplicadas de manera adecuada, esto es, respetando el lote mínimo y la realidad vial en el sector rural.
Vidal destacó que ninguna ordenanza municipal puede contradecir las leyes orgánicas, ya que estas tienen un rango superior en la jerarquía normativa.
Entre ellas mencionó la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales y el Código Orgánico Ambiental, los cuales permiten el fraccionamiento rural respetando los lotes mínimos establecidos por el GAD Municipal. “Esto debe ser respetado”, enfatizó.
El Concejo Cantonal abordó el 19 de marzo de 2025 en primer debate la reforma a la ordenanza del PDOT y el PUGS, documentos que definen las políticas, programas y proyectos para guiar el desarrollo del cantón a largo plazo. El 27 de marzo, se abordó el documento en Sesión Extraordinaria.
El PUGS se divide en dos componentes. El primero es el componente estructurante, que establece la visión a largo plazo de la ciudad y clasifica el suelo en urbano y rural, con sus subclasificaciones. El segundo componente es el urbanístico. Este define regulaciones detalladas para cada polígono de intervención territorial.
El suelo rural se clasifica en suelo de:
- Producción
- Extractivo
- Expansión urbana
- Protección.
“El de expansión urbana es el único suelo rural urbanizable que se puede transformar en suelo urbano a través de un tratamiento de desarrollo. Este es el único donde se puede aplicar estas reglas, que se propone ahora en el suelo rural de producción”, añadió Vidal.
Impacto en costos municipales
Luzuriaga, también experta en urbanismo, considera que de aplicarse las medidas propuestas por la reforma a la ordenanza de PDOT y PUGS, se podría generar un problema aún mayor para la ciudad.
Esto porque se crearían áreas urbanas dentro de zonas rurales, lo que acarrearía un aumento de los costos para el Municipio en el mantenimiento de estos servicios y equipamientos.
“Esta situación podría resultar en un sobrecosto para la ciudad, ya que la construcción de infraestructura como vías, alcantarillado, agua potable, iluminación eléctrica, y otros servicios, recaería sobre la municipalidad”.
Además, agregó que la reforma iría en contra del principio constitucional del buen vivir y la soberanía alimentaria, cuyo objetivo es conservar el suelo rural de producción de manera sustentable.
DATO
- El Colegio de Abogados del Azuay dirigió un oficio al alcalde de Cuenca Cristian Zamora, para expresar su preocupación por la reforma a la ordenanza de Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso de Gestión del Suelo (PUGS).
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